Propietarios: cómo reclamar deudas de comunidad al inquilino
Guía completa para propietarios sobre cómo reclamar deudas de comunidad al inquilino, pasos legales, modelos de comunicación y prevención de impagos.
Índice
- Marco legal de las deudas de comunidad frente al inquilino
- Qué gastos de comunidad puede pagar el inquilino
- Cómo determinar quién debe la deuda: propietario o inquilino
- Pasos previos a reclamar deudas de comunidad al inquilino
- Reclamación extrajudicial: modelos y consejos prácticos
- Vías judiciales para reclamar deudas de comunidad al inquilino
- Relación con la comunidad de propietarios y el administrador
- Cómo prevenir impagos de gastos de comunidad en el alquiler
- Errores frecuentes de los propietarios y cómo evitarlos
- Preguntas frecuentes
Marco legal de las deudas de comunidad frente al inquilino
Cuando un inquilino deja de pagar los gastos de comunidad que le corresponden, el propietario se encuentra en una situación delicada: la comunidad reclamará siempre al dueño de la vivienda, pero el origen del impago puede estar en el arrendatario. Entender el marco legal es clave para saber cómo y a quién reclamar, y qué posibilidades reales existen de recuperar el dinero.
En España, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula la relación entre la comunidad de propietarios y el titular del inmueble, mientras que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula la relación entre propietario e inquilino. Esto implica que, de cara a la comunidad, el único responsable directo es el propietario, pero internamente puede repercutir determinados gastos al inquilino si así se ha pactado en el contrato de alquiler.
Idea clave
La comunidad de propietarios solo puede reclamar legalmente al propietario, nunca al inquilino. Es el propietario quien, una vez pagada o reconocida la deuda, puede reclamar al arrendatario lo que este debía abonar según el contrato.
- La LPH vincula a la comunidad con el titular registral de la vivienda.
- La LAU permite pactar que el inquilino asuma determinados gastos de comunidad.
- El impago del inquilino puede ser causa de resolución del contrato de arrendamiento.
- El propietario puede reclamar al inquilino por vía amistosa o judicial.
Qué gastos de comunidad puede pagar el inquilino
No todos los gastos de comunidad son repercutibles al inquilino. La clave está en diferenciar entre gastos generales ordinarios y gastos extraordinarios o derramas, así como en lo que se haya pactado por escrito en el contrato de arrendamiento. Sin un pacto expreso, se entiende que los gastos de comunidad corren a cargo del propietario.
La LAU permite que el inquilino asuma los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades, siempre que se haya acordado de forma clara y por escrito, indicando el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. Esto incluye, por ejemplo, limpieza, luz de zonas comunes, mantenimiento básico del ascensor o conserjería.
- Gastos ordinarios repercutibles (si se pacta):
- Limpieza y mantenimiento de zonas comunes.
- Iluminación de escaleras, portales y garajes.
- Servicio de portería o conserjería.
- Mantenimiento ordinario de ascensores.
- Pequeñas reparaciones y conservación del edificio.
- Gastos no repercutibles por defecto (salvo pacto muy claro y específico):
- Derramas extraordinarias para obras de mejora.
- Instalación de nuevos servicios (piscina, ascensor, placas solares, etc.).
- Obras estructurales o de rehabilitación integral.
- Gastos derivados de litigios de la comunidad.
Recomendación de redacción contractual
Incluya una cláusula específica que indique: qué conceptos de comunidad asume el inquilino, el importe anual estimado a la firma del contrato y la forma de actualización (por ejemplo, según el presupuesto anual aprobado por la comunidad).
Cómo determinar quién debe la deuda: propietario o inquilino
Antes de reclamar cualquier cantidad al inquilino, el propietario debe analizar con precisión a quién corresponde legalmente cada partida adeudada. No toda deuda con la comunidad puede trasladarse al arrendatario, incluso aunque exista un impago generalizado.
Para determinar el responsable real de la deuda, es imprescindible revisar el contrato de arrendamiento, los recibos de la comunidad y, en su caso, los acuerdos de la junta de propietarios que hayan aprobado derramas u obras extraordinarias. A partir de ahí, se puede separar qué parte es reclamable al inquilino y cuál debe asumir el propietario.
- Pasos para identificar al responsable:
- Revisar la cláusula de gastos de comunidad del contrato de alquiler.
- Comprobar si se especifica el importe anual y los conceptos incluidos.
- Analizar los recibos de la comunidad y separar gastos ordinarios y extraordinarios.
- Verificar las fechas de devengo de los recibos respecto al inicio y fin del contrato.
- Confirmar si hubo cambios de cuota o derramas aprobadas durante el alquiler.
- Situaciones habituales:
- Inquilino no paga su parte de gastos ordinarios: el propietario puede reclamarle esas cantidades.
- Derrama extraordinaria aprobada antes del contrato: suele ser responsabilidad del propietario.
- Derrama aprobada durante el contrato: depende de lo pactado y de si se trata de mejora o conservación.
- Deudas acumuladas de varios años: la comunidad reclamará al propietario, que podrá repetir contra inquilinos anteriores si lo prueba.
Consejo práctico
Elabore una hoja de cálculo o cuadro resumen con todos los recibos impagados, indicando: fecha, concepto, importe, si es gasto ordinario o derrama, y a qué periodo de alquiler corresponde. Esto facilitará una reclamación clara y documentada al inquilino.
Pasos previos a reclamar deudas de comunidad al inquilino
Antes de iniciar una reclamación formal, es recomendable seguir una serie de pasos previos que pueden evitar conflictos mayores, acelerar el cobro y reforzar su posición en caso de llegar a juicio. La clave está en documentar cada actuación y mantener una comunicación clara y trazable con el arrendatario.
- 1. Verificar la deuda con la comunidad
- Solicite al administrador un certificado de deuda detallado.
- Compruebe que los importes coinciden con los recibos impagados.
- Identifique qué parte corresponde al periodo de alquiler y a gastos repercutibles.
- 2. Revisar el contrato de arrendamiento
- Localice la cláusula de gastos de comunidad y su redacción exacta.
- Verifique si se incluyeron límites, exclusiones o topes de importe.
- Compruebe si se prevé la resolución del contrato por impago de estos gastos.
- 3. Recopilar pruebas de los impagos
- Recibos de comunidad impagados y extractos bancarios.
- Comunicaciones previas con el inquilino (emails, mensajes, burofax).
- Actas de la comunidad donde consten derramas o acuerdos relevantes.
- 4. Intentar un contacto informal
- Llamada telefónica o reunión para aclarar la situación.
- Explicar al inquilino el detalle de la deuda y las consecuencias legales.
- Explorar un posible calendario de pagos o acuerdo amistoso.
Objetivo de esta fase
Llegar a un acuerdo de pago documentado que evite el procedimiento judicial. Si no es posible, todos estos pasos servirán como prueba de su buena fe y de la existencia de la deuda en una futura reclamación formal.
Reclamación extrajudicial: modelos y consejos prácticos
La reclamación extrajudicial es el paso intermedio entre el contacto informal y la vía judicial. Consiste en dirigir al inquilino una comunicación formal, preferiblemente por escrito y con acuse de recibo, en la que se detalla la deuda y se concede un plazo para el pago voluntario. Esta fase es esencial para demostrar que se ha intentado resolver el conflicto de forma amistosa.
La forma más habitual y recomendable es el burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, aunque también pueden utilizarse cartas certificadas o correos electrónicos firmados digitalmente si existe un acuerdo previo. Lo importante es poder acreditar que el inquilino recibió la reclamación y su contenido.
Estructura recomendada de la reclamación extrajudicial
Un escrito de reclamación de deudas de comunidad al inquilino debería incluir, como mínimo, los siguientes elementos:
- Datos del propietario y del inquilino.
- Referencia al contrato de arrendamiento (fecha, dirección del inmueble).
- Cita de la cláusula que atribuye al inquilino los gastos de comunidad.
- Detalle de los recibos impagados: fechas, conceptos e importes.
- Importe total adeudado y forma de cálculo.
- Plazo para el pago voluntario y número de cuenta para el ingreso.
- Advertencia de posibles acciones legales en caso de impago.
Es recomendable adjuntar copia de los recibos de comunidad, del certificado de deuda emitido por el administrador y, si es posible, un cuadro resumen de los importes reclamados. Esto reduce las posibilidades de que el inquilino alegue desconocimiento o falta de claridad.
- Conceda un plazo razonable de pago (por ejemplo, 7 a 15 días naturales).
- Sea firme pero respetuoso en el tono, evitando amenazas innecesarias.
- Guarde el justificante de envío y recepción del burofax o carta.
- Si el inquilino responde, documente por escrito cualquier acuerdo alcanzado.
Vías judiciales para reclamar deudas de comunidad al inquilino
Si la reclamación extrajudicial no da resultado, el propietario puede acudir a los tribunales para exigir el pago de las cantidades debidas por el inquilino. Existen varias vías judiciales posibles, que pueden combinarse con la reclamación de rentas impagadas o incluso con la solicitud de desahucio por falta de pago.
La elección del procedimiento dependerá del importe de la deuda, de si se acumulan otras reclamaciones (como rentas o suministros) y de la estrategia procesal del abogado. En cualquier caso, es fundamental acudir bien documentado y con un cálculo claro de las cantidades reclamadas.
- Juicio verbal u ordinario por reclamación de cantidad
- Procede para reclamar exclusivamente las cantidades debidas por el inquilino.
- El tipo de juicio (verbal u ordinario) depende del importe reclamado.
- Se basa en el contrato de arrendamiento y en los recibos de comunidad.
- Desahucio por falta de pago con reclamación de cantidades
- Permite solicitar el desalojo del inquilino y reclamar simultáneamente las rentas y cantidades asimiladas (incluidos gastos de comunidad si así se pactó).
- Es una vía rápida cuando el impago es reiterado y afecta también a la renta.
- Requiere una preparación procesal cuidadosa y asistencia letrada.
- Plazos de prescripción
- Las acciones personales para reclamar cantidades adeudadas prescriben, con carácter general, a los 5 años.
- Es importante no dejar pasar el tiempo y actuar con diligencia.
Importante
Aunque el propietario pueda reclamar al inquilino, la comunidad seguirá dirigiendo sus reclamaciones contra el dueño de la vivienda. Por ello, en muchos casos es recomendable que el propietario regularice primero su situación con la comunidad y, posteriormente, repita contra el arrendatario.
Relación con la comunidad de propietarios y el administrador
La gestión de deudas de comunidad vinculadas a un inquilino no solo afecta a la relación propietario-arrendatario, sino también a la convivencia con la comunidad de propietarios. Mantener una comunicación fluida con el administrador y con el presidente de la comunidad puede evitar conflictos y facilitar soluciones prácticas.
Aunque la comunidad no puede reclamar directamente al inquilino, sí puede adoptar medidas frente al propietario moroso, como recargos, intereses o incluso la reclamación judicial de la deuda. Por ello, es esencial que el propietario esté informado puntualmente de cualquier impago y actúe con rapidez.
- Solicite periódicamente al administrador un estado de cuentas de su vivienda.
- Facilite un correo electrónico y teléfono actualizados para recibir avisos.
- Informe a la comunidad de que la vivienda está alquilada y de quién es el inquilino.
- Acuerde con el administrador un sistema de aviso inmediato ante el primer impago.
- Evite acumular varios meses de deuda antes de reaccionar.
Buena práctica
Algunos propietarios optan por domiciliar los recibos de comunidad en su propia cuenta y repercutir mensualmente al inquilino la parte que le corresponde, ya sea incluyéndola en el recibo de alquiler o cobrándola por separado. Esto permite un mayor control y evita sorpresas con deudas acumuladas.
Cómo prevenir impagos de gastos de comunidad en el alquiler
La mejor forma de gestionar las deudas de comunidad es evitar que se produzcan. Una correcta planificación antes de firmar el contrato y una gestión proactiva durante la vigencia del alquiler reducen significativamente el riesgo de impagos y conflictos con el inquilino.
La prevención comienza con una buena selección del arrendatario, continúa con una redacción clara del contrato y se consolida con un seguimiento periódico de los pagos. Además, es importante que el inquilino comprenda desde el primer momento qué gastos asume y cómo se calculan.
- Selección del inquilino
- Solicite nóminas, contrato de trabajo o justificantes de ingresos.
- Compruebe referencias de arrendamientos anteriores, si es posible.
- Valore la contratación de un seguro de impago de alquiler.
- Redacción del contrato
- Incluya una cláusula específica y detallada sobre los gastos de comunidad.
- Indique el importe anual estimado y la forma de actualización.
- Prevea expresamente que el impago de estos gastos se considera falta de pago a efectos de resolución del contrato.
- Gestión y seguimiento
- Revise cada trimestre que los recibos de comunidad están al día.
- Informe al inquilino de cualquier cambio en las cuotas o derramas.
- Evite retrasos en la reacción ante el primer impago.
Cláusula preventiva sugerida
"El arrendatario asume el pago de los gastos generales de comunidad correspondientes al inmueble arrendado, cuyo importe anual a la fecha de firma del presente contrato asciende a X euros. El impago de dichos gastos tendrá la consideración de falta de pago de cantidades asimiladas a la renta a los efectos previstos en la Ley de Arrendamientos Urbanos." Ajuste siempre esta redacción con asesoramiento jurídico.
Errores frecuentes de los propietarios y cómo evitarlos
Muchos conflictos sobre deudas de comunidad y alquiler se originan en errores evitables por parte de los propietarios. Identificar estos fallos habituales permite anticiparse y diseñar una estrategia de gestión más segura y eficiente.
- No mencionar los gastos de comunidad en el contrato
- Si el contrato guarda silencio, se presume que los gastos de comunidad corren a cargo del propietario.
- Solución: incluir siempre una cláusula clara y detallada.
- Confiar en acuerdos verbales
- Los pactos no escritos son difíciles de probar en juicio.
- Solución: documentar por escrito cualquier modificación o acuerdo adicional.
- No controlar periódicamente los pagos de comunidad
- Dejar pasar meses sin revisar puede derivar en deudas elevadas.
- Solución: establecer recordatorios trimestrales para revisar la cuenta de la comunidad.
- Reaccionar tarde ante los primeros impagos
- Cuanto más se retrase la reclamación, más difícil será cobrar.
- Solución: actuar desde el primer recibo impagado con comunicación clara y formal.
- No asesorarse con un profesional
- Cada caso tiene matices legales y contractuales específicos.
- Solución: consultar con un abogado especializado en arrendamientos y propiedad horizontal.
Resumen práctico
Defina bien las reglas en el contrato, controle periódicamente los pagos, documente todas las comunicaciones y no deje que las deudas se acumulen. Con estas pautas, la probabilidad de tener que reclamar judicialmente al inquilino se reduce de forma notable.
Preguntas frecuentes
¿La comunidad puede reclamar directamente al inquilino las deudas de comunidad?
No. La comunidad de propietarios solo puede reclamar legalmente al propietario de la vivienda, que es el titular registral. Aunque el inquilino sea quien use el inmueble y, en su caso, deba asumir ciertos gastos según el contrato, la comunidad no tiene acción directa contra él. Será el propietario quien, una vez abonada o reconocida la deuda, pueda repetir contra el arrendatario.
¿Puedo desahuciar al inquilino por no pagar los gastos de comunidad?
En muchos casos sí, siempre que el contrato prevea que el inquilino asume esos gastos y que su impago se considera falta de pago de cantidades asimiladas a la renta. La Ley de Arrendamientos Urbanos permite el desahucio por falta de pago tanto de la renta como de otras cantidades debidas por el arrendatario. Es recomendable acumular en la demanda la reclamación de rentas y de gastos de comunidad impagados.
¿Qué ocurre si la deuda de comunidad es anterior a la entrada del inquilino?
Las deudas de comunidad devengadas antes del inicio del contrato de alquiler son responsabilidad del propietario, salvo pacto muy específico en contrario. No es razonable ni habitual repercutir al inquilino deudas generadas cuando aún no ocupaba la vivienda. Por ello, es importante entregar la vivienda al día de pagos y reflejarlo, si es posible, en el contrato o en un anexo.
¿Puedo cobrar los gastos de comunidad al inquilino dentro del recibo de alquiler?
Sí, es una práctica frecuente y recomendable. Puede fijar una renta que incluya ya los gastos de comunidad o bien desglosar en el recibo mensual la parte correspondiente a dichos gastos. En ambos casos, debe estar claramente pactado en el contrato qué parte corresponde a renta y qué parte a comunidad, para evitar confusiones y facilitar futuras reclamaciones si fuera necesario.
¿Durante cuánto tiempo puedo reclamar al inquilino las deudas de comunidad?
Con carácter general, las acciones personales para reclamar cantidades adeudadas prescriben a los 5 años. Esto significa que dispone de ese plazo para ejercitar la reclamación judicial desde que la deuda es exigible. No obstante, es aconsejable no apurar los plazos y actuar lo antes posible, ya que el paso del tiempo dificulta la localización del inquilino y la obtención de pruebas.
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