Cómo reclamar por actividades ilegales en tu local
Guía práctica para reclamar por actividades ilegales en tu local: pruebas, burofax, denuncia y vías civil para proteger tu negocio y resolver el contrato.
Índice
- Qué se considera “actividades ilegales” en un local
- Señales y pruebas iniciales
- Obligaciones de arrendador y arrendatario
- Comunicación y requerimiento fehaciente
- Denuncia administrativa y policial
- Acciones civiles y resolución del contrato
- Indemnización de daños y perjuicios
- Medidas cautelares y urgentes
- Coordinación con comunidad y Ayuntamiento
- Preguntas frecuentes
Qué se considera “actividades ilegales” en un local
Cuando hablamos de actividades ilegales en un local comercial nos referimos a cualquier uso contrario a la ley, a la normativa municipal o a lo pactado en el contrato de arrendamiento. Esto incluye, por ejemplo, actividades sin licencia, venta de productos ilícitos, alteración de horarios más allá de lo permitido, almacenamiento de mercancías peligrosas sin autorización, uso del local para fines distintos de los autorizados o la realización de obras clandestinas que comprometen la seguridad del inmueble. En el ámbito jurídico español, además de la normativa sectorial y ordenanzas municipales, adquiere especial relevancia la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y el Código Civil, que contemplan supuestos de resolución contractual por uso ilícito o dañosos.
Identificar correctamente el alcance de la ilicitud es clave para elegir la vía de reclamación. Si se trata de una infracción administrativa (p. ej., carecer de licencia de actividad o incumplir aforos), la respuesta prioritaria puede consistir en denunciar ante el Ayuntamiento o la policía administrativa. Si la actividad constituye delito (p. ej., receptación, tráfico de sustancias, falsificación), la vía penal se vuelve prioritaria y puede coexistir con acciones civiles para recuperar la posesión y exigir indemnización. En todo caso, el arrendador está legitimado para resolver el contrato si el uso quebranta la legalidad o genera grave perjuicio al inmueble o a la comunidad.
Idea clave: delimitar si la conducta es ilícito administrativo, penal o contractual permite planificar un itinerario: requerimiento fehaciente → denuncia/inspección → acción civil de resolución y desahucio → reclamación de daños.
- Ilegalidad por falta de licencia o incumplir su alcance.
- Ilegalidad por actividad distinta a la permitida contractualmente.
- Ilegalidad penal: hechos tipificados como delito.
- Ilegalidad por obras no autorizadas y peligrosas.
Señales y pruebas iniciales
Antes de reclamar, conviene documentar con rigor. Reúne indicios persistentes: quejas vecinales reiteradas por ruidos u olores, tránsito inusual de personas a horas intempestivas, embalajes sospechosos, modificaciones visibles de la fachada o salidas de humos sin licencia, cartelería inconsistente con la actividad declarada, o publicaciones en redes sociales anunciando servicios no permitidos. La carga probatoria se alivia si logras actas policiales, informes de los servicios de inspección municipal o actas notariales de presencia, que aportan un nivel de objetivación superior a simples testimonios.
Además, recopila el marco documental: contrato de arrendamiento, anexos y licencias registradas, comunicaciones previas, así como el timeline de incidencias. Las imágenes y vídeos deben registrar fecha y hora; las conversaciones relevantes (email, WhatsApp) deben conservarse en su hilo original. Recuerda que algunas pruebas tienen límites de uso (p. ej., no vulneres la intimidad ni instales cámaras ilegales). Tu objetivo es poder acreditar que la actividad que desarrolla el arrendatario o un tercero en el local es objetivamente contraria a la ley o al contrato y que, pese a requerimientos, persiste en el tiempo.
Checklist probatorio: contrato y licencias, actas policiales/municipales, acta notarial, quejas de la comunidad, fotografías con metadatos, registros de ruidos/olores, historiales de comunicación.
- Evita pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales.
- Prioriza pruebas oficiales o fedatarias para robustecer el caso.
- Organiza la evidencia cronológicamente para el juzgado.
Obligaciones de arrendador y arrendatario
En los arrendamientos de local de negocio, la LAU y el contrato rigen el uso lícito y conforme a la actividad autorizada. El arrendatario debe explotar el local con las licencias pertinentes y respetar la normativa de seguridad, higiene, medioambiente y convivencia. También debe evitar causar daños al inmueble o molestias graves a los vecinos. El arrendador, por su parte, debe garantizar el disfrute pacífico del local conforme al contrato y actuar diligentemente si detecta usos ilícitos que puedan generar responsabilidad frente a terceros o sanciones urbanísticas.
Los contratos bien redactados incluyen cláusulas resolutorias expresas ante la realización de actividades ilícitas, sanciones por incumplimientos, y la obligación de exhibir licencias en vigor. Asimismo, suelen prever auditorías o verificaciones documentales periódicas, y la prohibición de cesión o subarriendo sin consentimiento. Si el arrendatario incumple, el arrendador puede requerir la subsanación inmediata y, de persistir, emprender acciones resolutorias y de desahucio con reclamación de rentas e indemnización.
Cláusulas útiles: resolución por actividad ilícita, penalidades, exhibición de licencias, inspecciones documentales, prohibición de cambios de uso, cobertura de seguros y responsabilidad por sanciones.
- La licitud del uso es obligación esencial del arrendatario.
- El arrendador debe reaccionar ante ilícitos para mitigar riesgos.
- Las cláusulas claras aceleran la resolución judicial.
Comunicación y requerimiento fehaciente
El primer paso operativo suele ser un requerimiento fehaciente (burofax con certificación de texto y acuse de recibo) en el que se detalle la conducta ilícita, se aporte un resumen de pruebas y se exija el cese inmediato, la regularización de licencias o el abandono del local, según corresponda. Este requerimiento cumple un doble objetivo: interrumpe la pasividad del arrendador y crea un hito documental que, si no se atiende, refuerza la decisión de resolver el contrato y demandar.
El contenido debe ser preciso, evitando juicios de valor innecesarios. Señala el precepto contractual y legal infringido, fija un plazo breve y razonable para el cese o desocupación y advierte de acciones civiles, administrativas y penales. Adjunta, si procede, copia de informes municipales o actas policiales. Si existen riesgos para la seguridad o la salud, deja constancia para activar también la vía administrativa inmediata.
Tip práctico: prepara el burofax pensando en el juez que lo leerá: claro, conciso, con hechos, fechas y anexos. Evita afirmaciones no verificables.
- Usa burofax con certificación y acuse.
- Cita cláusulas y normas vulneradas.
- Plazo breve para el cese/entrega del local.
Denuncia administrativa y policial
Si la actividad infringe ordenanzas o falta licencia, la denuncia ante el Ayuntamiento y la solicitud de inspección suelen producir efectos rápidos: requerimientos de cese, precintos o sanciones. Para ello, acompaña tu escrito de indicios y, si es posible, de testimonios de la comunidad. Cuando la conducta pueda ser delito, formula denuncia policial o ante el juzgado de guardia aportando las pruebas disponibles. La colaboración con las autoridades no solo protege a terceros; también genera prueba robusta para tu ulterior acción civil.
No dudes en pedir copia de las diligencias o de las actas de inspección. Estos documentos otorgan objetividad a los hechos y ayudan a demostrar la persistencia del uso ilícito. En paralelo, continúa la vía contractual: el hecho de denunciar no impide que, como arrendador, promuevas la resolución del contrato por incumplimiento grave.
Objetivo probatorio: obtener actas, resoluciones y precintos que acrediten la ilicitud y faciliten medidas judiciales como el desahucio.
- Solicita inspección municipal urgente si hay riesgo.
- Denuncia penal si existen indicios de delito.
- Conserva copias de todas las actuaciones oficiales.
Acciones civiles y resolución del contrato
La vía civil persigue recuperar la posesión, resolver el contrato y, en su caso, reclamar cantidades. La práctica habitual es interponer demanda de resolución por incumplimiento grave del arrendatario (uso ilícito, cambio de actividad no autorizado, obras ilegales, daños), acumulando la acción de desahucio y reclamación de rentas impagadas si concurre. Aportar el burofax, las actas municipales o policiales y la prueba testifical/vecinal facilita la estimación judicial. En locales, las cláusulas resolutorias expresas agilizan la decisión del juzgado.
El itinerario puede combinarse con medidas cautelares (por ejemplo, depósito de llaves, cese de actividad o acceso de peritos) cuando exista riesgo de que la situación se agrave. Tras la sentencia, se ejecuta el lanzamiento si el arrendatario no entrega voluntariamente. Paralelamente, puedes reclamar los daños derivados del uso ilícito: deterioro del inmueble, pérdidas de rentas por cierre, sanciones y gastos de defensa, siempre que acredites nexo causal y cuantía.
Resultado esperado: resolución del contrato, recuperación del local y condena al pago de rentas y daños vinculados a la actividad ilegal.
- Acumula desahucio, resolución y reclamación de cantidades.
- Refuerza con actas e informes públicos.
- Solicita ejecución rápida tras sentencia.
Indemnización de daños y perjuicios
Para cuantificar daños, distingue entre materiales (reparaciones, sustituciones, limpieza técnica), pérdida de rentas o explotación (cierres forzados, devaluación reputacional) y costes asociados (sanciones administrativas imputables al arrendatario, tasas, asistencia técnica y legal). La clave es la prueba: informes periciales de daños, facturas y presupuestos, resoluciones sancionadoras, y, en su caso, estudios económicos que acrediten lucro cesante.
Estructura la demanda con un cuadro indemnizatorio claro y razonado. Si tu póliza de seguro contempla coberturas por actos dolosos de terceros o daños por actividad ilícita, notifica a la aseguradora en plazo y aporta su respuesta. Evita reclamar partidas especulativas sin soporte; es preferible concentrarse en daños demostrables para maximizar opciones de éxito y evitar condenas en costas por temeridad.
Método de cálculo: damnum emergens (daño emergente) + lucrum cessans (lucro cesante), con soporte pericial y documental exhaustivo.
- Inventario fotográfico antes/después con fecha.
- Pericial técnica y económica para cuantías relevantes.
- Reclama sanciones repercutibles si deriva del uso ilícito.
Medidas cautelares y urgentes
Cuando el riesgo es inminente (daño estructural, peligro para la salud, reiteración delictiva), es aconsejable solicitar medidas cautelares con la demanda o incluso inaudita parte si hay urgencia y apariencia de buen derecho. Entre las medidas posibles: orden de cese provisional de la actividad, designación de depositario de llaves, entrada para inspección pericial, o anotación preventiva para impedir transmisión de la posición contractual. Acredita el periculum in mora (riesgo de demora) y la fumus boni iuris (apariencia de derecho) con documentación sólida.
En paralelo, la Administración puede adoptar medidas de policía (precinto, suspensión de licencias) si existe riesgo para personas o bienes. Coordinar la estrategia cautelar con la vía administrativa y penal refuerza la protección y acelera el retorno a la normalidad del inmueble.
Claves de éxito: urgencia real, proporcionalidad de la medida y caución adecuada para evitar perjuicios indebidos.
- Define con precisión la medida solicitada.
- Demuestra riesgo y apariencia de buen derecho.
- Coordina con inspección y policía administrativa.
Coordinación con comunidad y Ayuntamiento
La comunidad de propietarios y los servicios municipales son aliados naturales para detectar y acreditar actividades ilegales. Solicita a la comunidad actas de juntas y acuerdos donde consten quejas y requerimientos; estas actas, junto con informes de la administración, fortalecen el cuadro probatorio. El administrador de fincas puede certificar incidencias, gastos extraordinarios y comunicaciones previas; además, puede coadyuvar en la denuncia administrativa cuando el uso ilícito afecte a elementos comunes o la convivencia.
Con el Ayuntamiento, tramita peticiones de inspección, acceso a expedientes, copias de resoluciones y, si procede, medidas de precinto. Mantener un canal abierto permite alinear actuaciones y evitar duplicidades. Recuerda que la resolución administrativa de cese por falta de licencia no sustituye la acción civil de resolución del contrato; son vías complementarias con finalidades distintas.
Estrategia colaborativa: comunidad documenta, Ayuntamiento inspecciona, y el arrendador ejercita la acción civil para recuperar el local y reclamar daños.
- Pide certificaciones al administrador de fincas.
- Accede al expediente municipal para obtener copias.
- Alinea calendarios: requerimiento, inspección y demanda.
Preguntas frecuentes
¿Puedo resolver el contrato si el inquilino realiza una actividad sin licencia? Sí, si el contrato exige licencias en vigor y la actividad es contraria a la normativa, constituye incumplimiento grave. Un requerimiento fehaciente y la prueba municipal/policial facilitarán la resolución judicial y el desahucio.
¿Qué hago si sospecho de un delito dentro del local? Presenta denuncia inmediata ante policía o juzgado y preserva la prueba. La vía penal puede coexistir con la civil para recuperar la posesión y reclamar daños. Evita realizar pesquisas que vulneren derechos fundamentales.
¿Sirven las quejas vecinales como prueba? Sí, especialmente si constan en actas de comunidad, se reiteran y se acompañan de actas policiales o inspecciones. Aun así, refuérzalas con documentación objetiva (fotos, vídeos fechados, informes técnicos).
¿Es obligatorio enviar burofax antes de demandar? No siempre, pero es altamente recomendable: fija un hito, evidencia tu buena fe, puede forzar el cese y resulta valorado por los juzgados. Además, interrumpe excusas del arrendatario sobre desconocimiento.
¿Puedo reclamar sanciones administrativas que me impongan? Si derivan del uso ilícito imputable al arrendatario y el contrato prevé su repercusión o existe nexo causal acreditado, es posible reclamarlas como daño emergente, junto a los costes y perjuicios derivados.
Recuerda: combina vías: requerimiento, inspección, denuncia y acción civil. Documenta cada paso con rigor para maximizar opciones de éxito.
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