Cómo reclamar daños en zonas comunes del edificio
Guía completa para reclamar daños en zonas comunes del edificio: pasos legales, pruebas, seguros, plazos y modelos básicos para comunidades de propietarios.
Índice
- Marco legal de los daños en zonas comunes
- Qué se considera zona común en un edificio
- Responsabilidades de la comunidad y de los propietarios
- Tipos de daños más frecuentes en zonas comunes
- Pasos para reclamar daños en zonas comunes
- Reclamaciones al seguro de la comunidad
- Reclamación a vecinos o terceros responsables
- Reclamación a promotor, constructora o empresa mantenedora
- Plazos de prescripción y pruebas necesarias
- Modelos básicos de escritos de reclamación
- Errores habituales y cómo evitarlos
- Preguntas frecuentes
Marco legal de los daños en zonas comunes
Reclamar daños en zonas comunes del edificio exige conocer el marco legal que regula la propiedad horizontal y la responsabilidad por desperfectos. En España, la norma principal es la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), complementada por el Código Civil y, en su caso, por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) cuando intervienen promotores y constructoras. Además, los contratos de seguro de la comunidad y las pólizas particulares de los propietarios también condicionan el modo de reclamar.
La LPH establece qué elementos son comunes, cómo se adoptan acuerdos en junta, qué mayorías se requieren para aprobar reparaciones y cómo se reparten los gastos. El Código Civil regula la responsabilidad extracontractual (art. 1902 y ss.), aplicable cuando un vecino o un tercero causa un daño, así como la responsabilidad contractual frente a empresas de mantenimiento o servicios.
Idea clave: antes de iniciar una reclamación, conviene determinar:
- Si el daño afecta a un elemento común, privativo o a ambos.
- Quién es el posible responsable (comunidad, vecino, tercero, promotor, aseguradora).
- Qué normativa y qué póliza de seguro resultan aplicables.
Qué se considera zona común en un edificio
Para reclamar correctamente es esencial saber qué se considera zona común. La Ley de Propiedad Horizontal y el título constitutivo de la comunidad (escritura de división horizontal) determinan qué elementos pertenecen a todos los propietarios y cuáles son privativos. No obstante, existen criterios generales ampliamente aceptados.
- Estructura y elementos esenciales: cimientos, forjados, pilares, vigas, muros de carga y fachadas.
- Cubiertas y tejados: azoteas, terrazas de cubierta, impermeabilizaciones y elementos de evacuación de aguas.
- Portales y escaleras: accesos, rellanos, escaleras, pasillos y zonas de tránsito.
- Instalaciones generales: conducciones de agua, gas, electricidad, calefacción central, antenas, ascensores y sistemas de protección contra incendios.
- Garajes y trasteros comunitarios: viales de acceso, rampas, puertas automáticas, ventilación y zonas de maniobra.
- Zonas recreativas: jardines, piscinas, pistas deportivas, salas comunitarias y parques infantiles.
En caso de duda sobre si un elemento es común o privativo, es recomendable revisar el título constitutivo, los estatutos de la comunidad y, si es necesario, solicitar un informe técnico o asesoramiento jurídico. Esta clasificación será determinante para saber quién debe reparar y a quién dirigir la reclamación.
Responsabilidades de la comunidad y de los propietarios
La responsabilidad por los daños en zonas comunes puede recaer en la comunidad de propietarios, en un propietario concreto o en un tercero. Identificar correctamente al responsable es el primer paso para una reclamación eficaz.
Responsabilidad de la comunidad
La comunidad responde de los daños derivados de la falta de conservación, mantenimiento o reparación de los elementos comunes. Si, por ejemplo, una filtración desde la cubierta provoca humedades en una vivienda, la comunidad suele ser responsable, salvo que se demuestre una causa ajena (obra particular, mal uso, fuerza mayor, etc.).
- Daños causados por falta de mantenimiento de tejados, fachadas o bajantes.
- Accidentes en escaleras o portales por iluminación deficiente o suelos en mal estado.
- Daños por rotura de tuberías generales de agua o calefacción.
- Incidencias derivadas de mal funcionamiento del ascensor o puertas automáticas de garaje.
Responsabilidad de los propietarios
Un propietario puede ser responsable cuando sus actuaciones u omisiones causan daños en zonas comunes o en otros elementos privativos. En estos casos, la reclamación se dirigirá contra él y, en su caso, contra su seguro de hogar o de responsabilidad civil.
- Obras en la vivienda que afectan a elementos comunes sin autorización.
- Fugas de agua desde instalaciones privativas que dañan zonas comunes.
- Uso indebido de garajes, trasteros o zonas ajardinadas que provoca desperfectos.
- Instalación de aparatos (aires acondicionados, toldos, antenas) sin respetar la normativa comunitaria.
Consejo práctico: antes de reclamar, la comunidad debería aprobar en junta la asunción o no de responsabilidad, dejando constancia en el acta. Esto facilita posteriores reclamaciones al seguro o a terceros.
Tipos de daños más frecuentes en zonas comunes
Los daños en zonas comunes pueden ser muy variados, pero existen patrones habituales que se repiten en la mayoría de edificios. Conocerlos ayuda a anticipar problemas y a preparar mejor la reclamación.
- Humedades y filtraciones: procedentes de cubiertas, terrazas, fachadas o bajantes generales, que suelen afectar a techos y paredes de viviendas o portales.
- Grietas y fisuras estructurales: en muros de carga, pilares o forjados, que pueden comprometer la seguridad del edificio.
- Desperfectos en portales y escaleras: rotura de baldosas, barandillas sueltas, peldaños desgastados o resbaladizos.
- Problemas en garajes: hundimientos del pavimento, filtraciones de agua, mala ventilación, puertas automáticas defectuosas.
- Daños en instalaciones: averías en ascensores, sistemas de calefacción central, antenas colectivas, porteros automáticos o sistemas de videovigilancia.
- Daños estéticos: pintadas, rotura de buzones, cristales del portal, luminarias y elementos decorativos.
Cada tipo de daño puede requerir un enfoque distinto: en algunos casos será suficiente con un parte al seguro de la comunidad; en otros, será necesario un informe pericial, acuerdos de junta específicos o incluso acciones judiciales frente a promotores, constructoras o vecinos.
Pasos para reclamar daños en zonas comunes
El proceso para reclamar daños en zonas comunes del edificio debe seguir una serie de pasos ordenados. Actuar con método aumenta las posibilidades de éxito y reduce conflictos internos en la comunidad.
1. Detectar y documentar el daño
En cuanto se detecte un daño, es fundamental documentarlo de forma exhaustiva. Esta documentación será la base de cualquier reclamación posterior.
- Fotografías y vídeos con fecha, desde distintos ángulos.
- Descripción escrita de la incidencia (cuándo se detecta, evolución, zonas afectadas).
- Recopilación de comunicaciones previas sobre el mismo problema, si las hubiera.
- Parte de incidencias elaborado por el administrador o presidente de la comunidad.
2. Comunicación interna en la comunidad
El propietario que detecta el daño debe comunicarlo por escrito al presidente o al administrador de fincas. Es recomendable que la comunidad establezca un canal formal (correo electrónico, formulario, libro de incidencias) para registrar estas comunicaciones.
- Indicar claramente el lugar exacto del daño.
- Aportar fotografías y, si es posible, testigos.
- Solicitar que se incluya el punto en el orden del día de la próxima junta, si el daño es relevante.
3. Acuerdo de junta de propietarios
Para muchas actuaciones (reparaciones importantes, reclamaciones judiciales, contratación de peritos) es necesario un acuerdo de junta. El administrador debe convocar la reunión, ordinaria o extraordinaria, incluyendo el punto específico sobre el daño y la posible reclamación.
- Aprobación de la reparación y del presupuesto elegido.
- Decisión sobre si se reclama al seguro, al promotor, a un vecino o a un tercero.
- Autorización para iniciar acciones legales, si fuera necesario.
- Designación de representante (normalmente el presidente) para firmar escritos y demandas.
4. Reparaciones urgentes
Cuando el daño supone un riesgo para la seguridad o puede agravarse rápidamente (por ejemplo, una fuga de agua importante), el presidente está facultado para ordenar reparaciones urgentes sin esperar a la junta, informando después a los propietarios.
Importante: incluso en reparaciones urgentes, es aconsejable conservar:
- Presupuestos y facturas detalladas.
- Informe o parte del técnico que interviene.
- Fotografías del antes y el después de la reparación.
5. Reclamación extrajudicial
Antes de acudir a los tribunales, es obligatorio o, al menos, muy recomendable, realizar una reclamación por escrito al responsable: aseguradora, vecino, promotor, empresa de mantenimiento, etc. Esta reclamación debe ser clara, concreta y estar bien documentada.
6. Vía judicial
Si la reclamación extrajudicial no prospera, la comunidad o el propietario afectado pueden acudir a la vía judicial. Dependiendo de la cuantía y del tipo de reclamación, será necesario abogado y procurador. En muchos casos, los seguros de hogar o de comunidad incluyen defensa jurídica que puede cubrir estos costes.
Reclamaciones al seguro de la comunidad
La mayoría de comunidades de propietarios cuentan con un seguro que cubre daños materiales en zonas comunes y, en ocasiones, también en elementos privativos. Conocer el alcance de la póliza es esencial para tramitar correctamente la reclamación.
Coberturas habituales
- Daños por agua procedentes de instalaciones comunitarias.
- Incendio, explosión y daños eléctricos en zonas comunes.
- Rotura de cristales, espejos y rótulos del portal.
- Responsabilidad civil de la comunidad frente a terceros.
- Defensa jurídica y reclamación de daños.
Cómo abrir un parte al seguro
El parte al seguro debe presentarse lo antes posible, respetando los plazos fijados en la póliza (habitualmente 7 días desde que se conoce el siniestro). El tomador suele ser la comunidad, representada por el presidente o el administrador.
- Contactar con la aseguradora o el mediador (corredor, agente).
- Aportar una descripción detallada del siniestro y su fecha.
- Adjuntar fotografías, informes y presupuestos, si se dispone de ellos.
- Facilitar el acceso al perito designado por la compañía.
Recomendación: solicitar siempre copia del parte y del número de expediente, y canalizar todas las comunicaciones por escrito (correo electrónico) para dejar constancia.
Disconformidad con la aseguradora
Si la aseguradora rechaza el siniestro o ofrece una indemnización insuficiente, la comunidad puede:
- Solicitar un segundo informe pericial de parte.
- Reclamar por escrito al Servicio de Atención al Cliente de la compañía.
- Acudir al Defensor del Asegurado, si existe.
- Plantear una demanda judicial en reclamación de cantidad.
Reclamación a vecinos o terceros responsables
En ocasiones, los daños en zonas comunes no se deben a un defecto del edificio, sino a la actuación de un vecino o de un tercero (empresa de mudanzas, proveedor, repartidor, etc.). En estos casos, la reclamación debe dirigirse directamente al causante del daño y, en su caso, a su aseguradora de responsabilidad civil.
Supuestos habituales
- Golpes en paredes o puertas del portal durante una mudanza.
- Rotura de cristales o luminarias por un uso negligente.
- Daños en el garaje por maniobras imprudentes de un vehículo.
- Vertidos o filtraciones desde una vivienda que afectan a zonas comunes.
Cómo plantear la reclamación
La comunidad debe requerir por escrito al vecino o tercero responsable para que repare el daño o asuma el coste de la reparación. Es conveniente adjuntar fotografías, presupuestos y, si existen, informes técnicos.
Pasos recomendados:
- Identificar al responsable y, si es posible, su aseguradora.
- Enviar un burofax o carta certificada con acuse de recibo.
- Conceder un plazo razonable para responder y reparar.
- Si no hay respuesta, valorar la reclamación judicial de daños y perjuicios.
Reclamación a promotor, constructora o empresa mantenedora
Cuando los daños en zonas comunes se deben a defectos de construcción, vicios ocultos o a un mantenimiento deficiente por parte de una empresa contratada, la comunidad puede dirigir su reclamación contra el promotor, la constructora, los técnicos intervinientes o la empresa de mantenimiento.
Defectos de construcción y LOE
La Ley de Ordenación de la Edificación establece distintos plazos de garantía según el tipo de defecto:
- 1 año para defectos de terminación o acabado.
- 3 años para defectos que afecten a la habitabilidad (humedades, aislamientos, etc.).
- 10 años para defectos estructurales que comprometan la seguridad del edificio.
La comunidad puede reclamar dentro de estos plazos, normalmente contra el promotor y, en su caso, contra la aseguradora que cubre el seguro decenal de daños estructurales.
Empresas de mantenimiento
Si el daño se debe a un mal mantenimiento (por ejemplo, de ascensores, puertas de garaje, calderas comunitarias), la comunidad puede reclamar a la empresa responsable en base al contrato firmado y a la normativa de seguridad aplicable.
Claves para reclamar:
- Conservar contratos, partes de trabajo y revisiones periódicas.
- Solicitar un informe pericial que relacione el daño con el defecto o mal mantenimiento.
- Reclamar por escrito dentro de los plazos legales y contractuales.
Plazos de prescripción y pruebas necesarias
Respetar los plazos de prescripción es fundamental para no perder el derecho a reclamar. Además, contar con pruebas sólidas marcará la diferencia en una negociación o en un procedimiento judicial.
Plazos orientativos
- Reclamaciones a aseguradoras: 2 años para daños materiales (art. 23 LCS), desde que se produjo el siniestro.
- Responsabilidad extracontractual: 1 año desde que se conoce el daño y el responsable (art. 1968 CC).
- Responsabilidad contractual: 5 años (art. 1964 CC) para reclamaciones derivadas de contratos (mantenimiento, obras, etc.).
- Defectos constructivos LOE: plazos de 1, 3 y 10 años según el tipo de defecto, contados desde la recepción de la obra.
Pruebas recomendadas
Cuanta más y mejor documentada esté la prueba, más opciones habrá de que la reclamación prospere, ya sea en vía amistosa o judicial.
- Reportaje fotográfico y de vídeo con fechas.
- Informes técnicos o periciales que describan el daño, su causa y la solución propuesta.
- Presupuestos y facturas de reparación.
- Actas de junta donde consten los acuerdos adoptados.
- Comunicaciones con aseguradoras, promotores, vecinos o empresas.
En reclamaciones complejas (defectos constructivos, daños estructurales, conflictos con aseguradoras), es muy recomendable contar con un perito independiente y con asesoramiento jurídico especializado en propiedad horizontal.
Modelos básicos de escritos de reclamación
Disponer de modelos orientativos facilita la redacción de reclamaciones claras y completas. A continuación se ofrecen estructuras básicas que pueden adaptarse a cada caso concreto. No sustituyen al asesoramiento profesional, pero sirven como guía práctica.
Modelo de reclamacion al seguro de la comunidad
Datos de la comunidad Nombre de la Comunidad de Propietarios Dirección completa NIF Datos de la aseguradora Nombre de la compañía Número de póliza Lugar y fecha Asunto: Comunicación de siniestro y reclamación de daños en zonas comunes Muy Sres. nuestros: Por medio de la presente, en calidad de Presidente/Administrador de la Comunidad de Propietarios sita en [dirección], les comunicamos la existencia de un siniestro ocurrido en fecha [día/mes/año], consistente en [descripción detallada del daño en zonas comunes]. El siniestro ha ocasionado los siguientes daños: [descripción de daños en zonas comunes y, en su caso, en elementos privativos]. Se adjuntan fotografías, presupuestos de reparación e informes técnicos disponibles. Por todo ello, solicitamos la apertura del correspondiente expediente de siniestro, la designación de perito y la asunción por su parte de los costes de reparación conforme a las coberturas de la póliza indicada. Quedamos a su disposición para facilitar cuanta información adicional resulte necesaria. Atentamente, [Firma] Nombre y cargo Teléfono y correo electrónico de contacto
Modelo de reclamacion a vecino o tercero responsable
Datos del remitente Comunidad de Propietarios [nombre] Dirección completa Datos del destinatario Nombre y apellidos / Razón social Dirección Lugar y fecha Asunto: Reclamación por daños causados en zonas comunes del edificio Estimado/a Sr./Sra. [apellido]: En calidad de Presidente/Administrador de la Comunidad de Propietarios sita en [dirección], nos dirigimos a usted en relación con los daños producidos en fecha [día/mes/año] en las zonas comunes del edificio, concretamente en [describir lugar: portal, escalera, garaje, etc.]. Según se ha podido comprobar, dichos daños han sido causados por [describir actuación: mudanza, maniobra de vehículo, fuga de agua, etc.], atribuible a usted o a personas/empresas bajo su responsabilidad. Los desperfectos consisten en: [descripción detallada]. Se adjuntan fotografías y presupuesto de reparación por importe de [importe]. Por la presente, le requerimos para que, en el plazo de [x] días desde la recepción de esta comunicación, proceda a: 1) Reparar los daños causados, dejando las zonas comunes en su estado anterior, o 2) Abonar a la Comunidad el importe del presupuesto adjunto. En caso de no recibir respuesta en el plazo indicado, la Comunidad se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales que le asisten para la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados. Sin otro particular, [Firma] Nombre y cargo Teléfono y correo electrónico de contacto
Errores habituales y cómo evitarlos
En la práctica, muchas reclamaciones por daños en zonas comunes fracasan o se complican por errores que podrían haberse evitado. Conocerlos permite anticiparse y actuar con mayor seguridad.
- No documentar el daño desde el principio: confiar solo en testimonios verbales dificulta la prueba posterior.
- Retrasar la comunicación al seguro: puede dar lugar a rechazos por incumplir plazos de notificación.
- No aprobar acuerdos claros en junta: genera conflictos internos y dudas sobre la legitimación para reclamar.
- Confundir elemento común con privativo: lleva a dirigir la reclamación contra la parte equivocada.
- Aceptar indemnizaciones insuficientes sin revisar informes periciales: limita la posibilidad de reclamar posteriormente.
- No consultar a un profesional en casos complejos: especialmente en defectos constructivos o reclamaciones de gran cuantía.
La mejor estrategia es actuar con rapidez, dejar constancia escrita de cada paso, apoyarse en informes técnicos y, cuando la cuantía o la complejidad lo justifiquen, contar con el asesoramiento de un abogado especializado en propiedad horizontal y seguros.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga los daños en zonas comunes del edificio?
Con carácter general, los daños en elementos comunes los asume la comunidad de propietarios, que puede repercutirlos a su seguro si están cubiertos. No obstante, si se demuestra que el daño fue causado por un vecino o un tercero, la comunidad puede reclamarle el coste de la reparación y, en su caso, a su aseguradora de responsabilidad civil.
¿Puede un propietario reclamar directamente a la aseguradora de la comunidad?
Lo habitual es que el tomador de la póliza sea la comunidad, por lo que el parte debe tramitarse a través del presidente o del administrador. Sin embargo, cuando un propietario sufre daños en su vivienda derivados de un sinistro comunitario, puede dirigirse a la aseguradora aportando la documentación y, en su caso, reclamar judicialmente si la compañía no responde adecuadamente.
¿Es obligatorio aprobar en junta la reclamación de daños?
Para reclamaciones relevantes, especialmente si implican acciones judiciales o gastos extraordinarios, es muy recomendable y, en la práctica, necesario contar con un acuerdo de junta que autorice expresamente la reclamación y designe representante. Para incidencias menores o reparaciones urgentes, el presidente puede actuar y dar cuenta posteriormente.
¿Qué ocurre si la aseguradora rechaza el siniestro?
Si la aseguradora rechaza el siniestro, la comunidad debe solicitar por escrito los motivos y valorar la posibilidad de aportar un informe pericial de parte que rebata la decisión. También puede presentar una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la compañía y, en última instancia, interponer una demanda judicial en reclamación de la indemnización que considere procedente.
¿Cuándo conviene acudir a un abogado especializado?
Es aconsejable acudir a un abogado especializado en propiedad horizontal cuando los daños son de cuantía elevada, afectan a la estructura del edificio, implican a promotores o constructoras, existen discrepancias importantes con la aseguradora o se prevé la necesidad de iniciar acciones judiciales. Un asesoramiento temprano suele ahorrar tiempo, costes y conflictos internos en la comunidad.
¿Necesitas orientación legal?
Te explicamos opciones generales y, si lo solicitas, te ponemos en contacto con un profesional colegiado colaborador independiente.