
Qué hacer si el inquilino no paga suministros
Publicado el 05 de agosto de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 14 min
Índice
- Señales y riesgos del impago de suministros
- Quién debe pagar los suministros según el contrato
- Pruebas, avisos y comunicaciones eficaces
- Soluciones amistosas y planes de pago
- Relación con compañías: titularidad y gestión
- Fianza y garantías: cómo y cuándo usarlas
- Vía legal: burofax, reclamación y desahucio
- ¿Es legal cortar los suministros?
- Prevención: cláusulas y buenas prácticas
- Preguntas frecuentes
Señales y riesgos del impago de suministros
Cuando el inquilino no paga suministros, los primeros indicios suelen aparecer en forma de correos de las comercializadoras, cargos devueltos o incrementos inesperados de consumo que no encajan con el patrón habitual de la vivienda. Detectar estas señales a tiempo permite reaccionar antes de que la deuda crezca, se acumulen intereses y, lo que es más importante, se ponga en riesgo la continuidad de los servicios esenciales como luz, agua o gas. Aunque lo habitual es que las compañías reclamen al titular del contrato, el propietario puede verse indirectamente afectado si el impago deriva en cortes o genera conflictos con la comunidad de propietarios por daños o gastos adicionales.
El riesgo principal no es solo económico; también existe un componente legal y reputacional. Un corte de luz prolongado puede deteriorar la vivienda (por ejemplo, por moho derivado de falta de ventilación o fallos en calderas), y la reactivación de los suministros puede exigir pagos de alta, fianzas o revisiones técnicas con coste. A nivel contractual, el impago reiterado puede considerarse incumplimiento grave si el contrato asignó claramente al arrendatario el abono de los suministros; sin embargo, si el documento no lo define con precisión, surgirán dudas que alargan cualquier reclamación.
Por ello, conviene instaurar un sistema de seguimiento: solicitar justificantes de pago periódicos, activar alertas en banca o en la app de las comercializadoras si eres titular, y revisar el buzón físico y electrónico. Si el inquilino no paga, la anticipación reduce costes, acelera las soluciones amistosas y mejora tu posición probatoria ante una eventual reclamación.
Idea clave: cuanto antes confirmes el impago y su alcance, más opciones tendrás para pactar, repercutir o reclamar sin llegar a la suspensión del servicio.
Quién debe pagar los suministros según el contrato
El primer paso es acudir al contrato de arrendamiento. En España, lo habitual es que los suministros individualizados (electricidad, agua, gas, internet) sean a cargo del inquilino, pero no es una regla automática: debe constar por escrito. Si el contrato establece que el arrendatario asume el pago y, además, prevé la obligación de cambiar la titularidad o domiciliar los recibos, la responsabilidad queda clara. En cambio, si el propietario mantiene la titularidad por razones prácticas, conviene que el contrato recoja el mecanismo de refacturación y el plazo de reembolso para evitar ambigüedades.
Si el documento guarda silencio, se atenderá al uso y a la costumbre del mercado, y a cómo se han venido gestionando los recibos desde el inicio del alquiler. La existencia de contadores independientes y el hecho de que el inquilino haya pagado regularmente durante meses son indicios de que esos gastos le corresponden. Por el contrario, suministros centralizados y no individualizables (por ejemplo, calefacción central incluida en la cuota comunitaria) suelen imputarse al propietario, salvo pacto de refacturación claro.
Para blindarte, resulta útil una cláusula que identifique cada suministro, indique el titular obligado, exija comunicación inmediata de incidencias y habilite al arrendador a recuperar importes adelantados mediante compensación con fianza o pagos parciales. Así, si el inquilino no paga suministros, no dependerás de interpretaciones, sino de reglas escritas y operativas.
Checklist contractual: titularidad por suministro, forma de pago, plazos, derecho de inspección de justificantes, consecuencias del impago y facultad de compensación.
Pruebas, avisos y comunicaciones eficaces
Antes de cualquier medida, consolida la prueba. Reúne facturas impagadas, movimientos bancarios, comunicaciones de la compañía y, si procede, fotografías de buzón con avisos de corte. Si tú eres el titular y cargan los recibos, descarga los justificantes directamente; si el titular es el inquilino, pídele copias por escrito y guarda su respuesta. Toda interacción debe quedar documentada: correo electrónico, mensajería con confirmación de lectura o carta certificada.
Envía un primer aviso cordial recordando la obligación contractual y marcando un plazo de regularización razonable (por ejemplo, 5–7 días hábiles). Si no hay reacción o la deuda es relevante, remite un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo detallando: importes pendientes por suministro y periodo, base contractual de la obligación, plazo final de pago, forma de abono y advertencia de acciones (reclamación de cantidad, resolución o compensación con fianza). Este paso no solo presiona, también ordena la prueba en caso de litigio.
Evita comunicaciones telefónicas sin respaldo escrito; si ocurren, envía un resumen por email confirmando lo hablado. Cuando existan acuerdos parciales (pago de una factura y fraccionamiento del resto), formalízalos con calendario, vencimientos y consecuencias del incumplimiento. La trazabilidad es clave para demostrar tu buena fe y la persistencia del impago por parte del inquilino.
Modelo rápido de aviso: identifica contrato y vivienda, enumera facturas, fija plazo y método de pago, advierte medidas y solicita confirmación por escrito.
Soluciones amistosas y planes de pago
No todo impago es malicia; a veces obedece a un bache puntual de liquidez, un error en la domiciliación o un conflicto de consumo. Explora primero soluciones de bajo coste: confirmación de la cuenta bancaria, revisión de fechas de vencimiento, cambio a facturación electrónica, o corrección de un dato en la comercializadora que esté bloqueando el cobro. Si la deuda existe y el inquilino reconoce su responsabilidad, un plan de pago realista puede salvar la relación y evitar procesos caros y largos.
Un buen fraccionamiento incluye: importe total y desglose por factura, calendario con cuotas mensuales, primer pago inmediato simbólico (para reforzar el compromiso), y una cláusula de vencimiento anticipado si se incumple cualquiera de las cuotas. Añade la obligación de remitir justificantes de cada abono en 24–48 horas. Si eres titular, puedes pactar que el inquilino asuma los costes de recargos o reconexión derivados del impago.
Cuando el desacuerdo proviene de consumos anómalos (p. ej., facturas desorbitadas por estimaciones), la mediación es útil: solicitar facturación real con lectura de contador, revisar potencia contratada, o presentar una reclamación ante la comercializadora y, en su caso, ante el organismo de consumo autonómico. Todo ello puede compatibilizarse con pagos parciales en depósito para evitar cortes mientras se resuelve el expediente.
Tip práctico: documenta el plan de pagos en un anexo firmado al contrato; así podrás ejecutar consecuencias (compensación o reclamación) sin debate.
Relación con compañías: titularidad y gestión
La gestión con las compañías es un punto crítico. Si el inquilino no paga suministros y tú sigues como titular, la deuda te golpearán directamente: te cargarán los recibos o te reclamarán como responsable contractual. En estos supuestos, conviene, desde el inicio del arrendamiento, tramitar el cambio de titularidad a nombre del inquilino y, si procede, la domiciliación en su cuenta. Esto traslada la relación jurídica a quien consume y reduce tu exposición a impagos.
Cuando ya existe deuda, puedes: (a) solicitar un cambio de titularidad condicionado al pago (según política de la compañía), (b) negociar un plan con la comercializadora y repercutirlo al inquilino, o (c) si el arrendamiento está próximo a resolverse, preparar la baja temporal o cambio de potencia mínima al recuperar la posesión. No olvides leer y fotografiar contadores al inicio y al final del alquiler; esos datos facilitan refacturación exacta.
En viviendas con alta antigua o irregularidades, muchas compañías piden certificaciones o boletines para reactivar servicio; planifica el coste y el plazo. Y ante avisos de corte, pide la deuda exacta por periodos, comprueba si hay importes prescritos o estimaciones corregibles y solicita por escrito los requisitos para evitar la suspensión. Mantén siempre una comunicación formal y guarda números de incidencia; son oro si luego reclamas daños o costes de reconexión al arrendatario.
Buenas prácticas: cambio de titularidad al inicio, lecturas de contador con acta fotográfica, y archivo de todas las comunicaciones con referencia de caso.
Fianza y garantías: cómo y cuándo usarlas
La fianza legal y las garantías adicionales (depósitos, avales o seguros de impago) son herramientas para cubrir deudas de suministros cuando el inquilino no paga. Ahora bien, utilizarlas exige orden: la fianza se destina al final del contrato para compensar saldos pendientes, daños o facturas. Si la consumes durante la vigencia sin acuerdo, podrías quedarte sin cobertura al finalizar y abrir un foco de conflicto. Por eso, lo recomendable es notificar por escrito la intención de compensar y el saldo provisional, dejando constancia de que se recalculará con las últimas facturas.
Con garantías privadas, revisa las condiciones: los avales suelen cubrir rentas y otros conceptos pactados; los seguros de impago, en cambio, acostumbran a exigir notificaciones en plazos estrictos y documentación exhaustiva del incumplimiento. Si prevés activar la garantía por suministros, informa de inmediato al asegurador, aporta facturas y burofax, y sigue el circuito establecido para no perder cobertura.
En cualquier caso, documenta la liquidación final con un estado de cuentas: rentas, suministros, reparaciones y penalizaciones. Adjunta justificantes, lecturas finales y fechas de consumo. Si la compensación agota la fianza y aún hay saldo deudor, deja constancia del importe restante para reclamarlo. Esta metodología ordenada minimiza disputas y te prepara para la vía judicial, si fuera necesaria.
Regla de oro: usa la fianza al cierre del contrato, con liquidación clara y documentación completa; evita “pagos invisibles” sin soporte.
Vía legal: burofax, reclamación y desahucio
Si fracasa la solución amistosa, el itinerario jurídico típico comienza con un burofax que requiere pago y advierte acciones. A partir de ahí, hay dos frentes: la reclamación de cantidad por suministros debidos y, cuando el impago es reiterado y está previsto como obligación esencial del arrendatario, la resolución del contrato con recuperación de la vivienda. En la práctica, muchos propietarios acumulan en una misma demanda rentas y suministros para simplificar prueba y ejecución, pero también es posible reclamar solo suministros vencidos y líquidos.
Para aumentar las probabilidades de éxito, presenta un dossier probatorio: contrato, anexos sobre suministros, facturas impagadas, justificantes de abono si adelantaste pagos, comunicaciones y lecturas de contador. Si hubo cortes o costes de reconexión, incorpora facturas y evidencias de la afectación. En la fase previa, valora el procedimiento monitorio si la deuda es clara, exigible y documentada; es ágil y puede transformarse en ejecutivo si no hay oposición.
Si el incumplimiento afecta a la habitabilidad o es persistente pese a requerimientos, la resolución del contrato y el desalojo pueden ser viables, siempre apoyados en cláusulas que califican el impago de suministros como incumplimiento grave. Sea cual sea la vía, mide costes, tiempos y recuperabilidad: a veces, un acuerdo inmediato con entrega de llaves y condonación parcial resulta económicamente superior a un pleito largo con riesgo de insolvencia.
Estrategia: prioriza vías rápidas (monitorio) cuando la deuda está clara; combina con negociación para maximizar recuperación y acortar plazos.
¿Es legal cortar los suministros?
La tentación de “cerrar el grifo” es comprensible, pero cortar suministros a un inquilino en pleno arrendamiento puede considerarse una vulneración de derechos, coacción o ejercicio antisocial de la propiedad. Incluso si el contrato señala que el arrendatario debe pagarlos, la vía correcta es requerir, reclamar y, si procede, resolver judicialmente; no actuar por tu cuenta para forzar la salida. Además, muchas compañías no permitirán bajas o reducciones drásticas si el contrato de suministro sigue vigente y la vivienda está ocupada, salvo gestión del titular y cumpliendo sus protocolos.
Entonces, ¿qué sí puedes hacer? Si eres titular y el contrato de arrendamiento ha finalizado o se ha recuperado la posesión, puedes solicitar la baja temporal o el cambio de titularidad para protegerte de nuevos consumos. Durante la vigencia del alquiler, limítate a reclamar y a exigir justificantes; cualquier manipulación del contador o interrupción unilateral puede acarrear sanciones y dañar tu posición en juicio.
Recuerda que, en caso de desahucio o entrega pactada de llaves, conviene coordinar la lectura final de contadores y la solicitud inmediata de cambio de titularidad o baja, evitando que se imputen consumos posteriores a tu cuenta. Mantenerte dentro de la legalidad refuerza tu credibilidad y evita contradenuncias que compliquen la recuperación de la vivienda o de las cantidades debidas.
Conclusión operativa: no cortes; reclama y documenta. Actúa con las compañías cuando recuperes la posesión o cambie la titularidad.
Prevención: cláusulas y buenas prácticas
La mejor respuesta al inquilino que no paga suministros es la prevención. Inserta en el contrato un anexo de suministros con: (i) listado por servicio (luz, agua, gas, internet), (ii) obligación de cambio de titularidad en 10 días, (iii) domiciliación en cuenta del arrendatario, (iv) envío mensual de justificantes o acceso compartido a la app de la comercializadora, (v) facultad de inspección razonable y (vi) consecuencias del impago (intereses, gastos de reconexión, resolución y compensación con fianza). Añade un protocolo de lectura de contadores al inicio y al final, con fotografías firmadas digitalmente.
Refuerza con garantías: un mes adicional de depósito específico para suministros o un seguro de impago que cubra, además de rentas, estos conceptos. Evalúa la potencia contratada y el tipo de tarifa para evitar sorpresas; una potencia sobredimensionada encarece la factura fija y eleva la deuda acumulable. Si la vivienda tiene equipos de alto consumo (bomba de calor, termo eléctrico), informa al arrendatario y, si es adecuado, incluye recomendaciones de uso eficiente.
En la gestión diaria, implementa recordatorios automáticos de vencimientos y revisiones trimestrales. Establece un canal único de comunicación (correo oficial) para centralizar pruebas y evita dispersión entre apps. Al finalizar el contrato, realiza una liquidación ordenada: solicita últimas facturas, toma lecturas finales y deja instrucciones explícitas sobre cambio de titularidad. Con estas prácticas, reducirás drásticamente el riesgo de impagos y, si suceden, estarás en la mejor posición para recuperarlos.
Plantilla útil: anexo de suministros con obligaciones, plazos, penalizaciones y protocolo de lecturas; listo para firmar junto al contrato.
Preguntas frecuentes
¿Puedo descontar las facturas impagadas de la renta del mes? Es preferible no compensar unilateralmente durante la vigencia salvo que el contrato lo permita expresamente y hayas requerido formalmente al inquilino. Lo más seguro es documentar la deuda, pactar un plan de pago o reservar la compensación para la liquidación final con la fianza.
Si el contrato no dice nada, ¿quién paga los suministros? Lo habitual es que el inquilino pague los suministros individualizados, pero si el contrato calla, habrá que atender a cómo se venía haciendo, a la titularidad de los contratos y a la configuración de contadores. Mejor añadir un anexo aclaratorio cuanto antes.
¿Qué pasa si la compañía corta la luz por impago del inquilino? Documenta el corte, pide la deuda exacta y los requisitos para la reconexión. Si tú eres el titular, intenta un acuerdo con el arrendatario para reactivar el servicio con cargo a él. Podrás reclamarle el coste de reconexión y los daños derivados, siempre que lo pruebes.
¿El burofax es obligatorio? No es estrictamente obligatorio, pero es altamente recomendable. Aporta prueba de requerimiento, fecha y contenido, y prepara el terreno para un monitorio o una demanda, además de favorecer acuerdos serios.
¿Puedo dar de baja el contrato de internet si lo pago yo? Si internet figura como servicio a tu nombre y no es esencial para la habitabilidad, podrías valorar su baja al finalizar el contrato o por acuerdo. Durante la vigencia, evita medidas unilaterales; prioriza requerimientos y pactos documentados.