Qué hacer si el inquilino incumple normas de convivencia

Qué hacer si el inquilino incumple normas de convivencia

Publicado el 23 de julio de 2025


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Revisión del contrato y normativa aplicable

Antes de actuar, es imprescindible revisar el contrato de arrendamiento y la normativa que rodea la convivencia. Muchos contratos incluyen cláusulas de convivencia, remisiones al reglamento interno de la comunidad y referencias a usos permitidos. Si el inquilino incumple normas de convivencia previstas en el contrato, la respuesta es más directa, pues existe un pacto claro vulnerado. En ausencia de cláusulas específicas, rigen las obligaciones generales de uso diligente, respeto a los demás ocupantes y destino pactado de la vivienda.

Paralelamente, las normas de la comunidad (estatutos, reglamentos de régimen interior) suelen fijar horarios de silencio, limitaciones de actividades molestas o condiciones de uso de zonas comunes. Aunque el arrendatario no sea propietario, debe respetarlas mientras habite el inmueble. El administrador puede facilitar copias y certificar acuerdos. También influyen ordenanzas municipales sobre ruidos, salubridad y actividades, que ofrecen un marco objetivo para valorar la molestia y solicitar intervención administrativa.

Asimismo, conviene confirmar si el contrato contiene un sistema de avisos y subsanación, penalizaciones o la posibilidad de resolver por incumplimiento grave. La previsión de un “requerimiento fehaciente” y un plazo concreto para cesar la conducta facilita el itinerario de actuación. Si no está previsto, igualmente se recomienda enviar el aviso de forma formal para dejar constancia. Por último, compruebe si existen seguros (del hogar, de impago de alquiler) que contemplen asistencia jurídica o cobertura de daños derivados de actos del inquilino, lo que podría aliviar costes y acelerar soluciones.

Checklist útil: contrato (cláusulas de convivencia), reglamento de comunidad, ordenanzas locales, pólizas de seguro, régimen de avisos y plazos, vías de subsanación pactadas.

  • Localice cláusulas que tipifiquen el incumplimiento.
  • Solicite al administrador las normas vigentes de la comunidad.
  • Revise ordenanzas municipales para medir ruidos y conductas.

Recogida de pruebas y testimonios eficaces

La prueba es el pilar de cualquier reclamación cuando el inquilino incumple normas de convivencia. Sin evidencias, las quejas se quedan en percepciones. Por eso, hay que construir un archivo ordenado y verificable que demuestre hechos, fechas y reiteración. Empiece por recopilar comunicaciones: correos, mensajes, avisos del administrador y requerimientos. Añada partes policiales si se han realizado llamadas por ruidos u otras incidencias, y conserve números de expediente. Si la comunidad levantó actas, solicite copias firmadas por el secretario-administrador.

Los testimonios de vecinos son valiosos, pero deben plasmarse por escrito e identificar al firmante, la fecha, la naturaleza de la molestia y su frecuencia. Cuando sea posible, es útil reunir varias declaraciones coincidentes en el tiempo. La prueba pericial o técnica (por ejemplo, mediciones de ruido conforme a normativa municipal) puede reforzar el caso en situaciones de duda. Fotografías y vídeos ayudan si captan situaciones objetivas (basuras acumuladas, desperfectos en zonas comunes), siempre respetando la intimidad y evitando registraciones ilícitas.

Mantenga un registro cronológico: qué ocurrió, cuándo, cómo se avisó, cuál fue la respuesta. Ese timeline resulta muy persuasivo para un juez y también para el propio inquilino si valora corregir la conducta al ver la seriedad de la documentación. No olvide custodiar facturas de reparaciones o limpieza derivadas de actos del arrendatario, ya que podrán reclamarse. Por último, asegure la integridad: evite editar archivos de forma que se cuestione su autenticidad y, si la controversia apunta a juicio, considere elevar determinadas actas a documento fehaciente por medio de un fedatario.

Consejo profesional: un expediente riguroso desincentiva el conflicto, facilita acuerdos y, si toca litigar, incrementa notablemente las opciones de éxito.

  • Actas de comunidad y testimonios firmados.
  • Partes policiales y números de referencia.
  • Fotos, vídeos y facturas de daños o limpieza.

Comunicación y requerimiento fehaciente (burofax)

Tras detectar que el inquilino incumple normas de convivencia y reunir pruebas mínimas, el siguiente paso es comunicar formalmente la situación. La vía idónea es el burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, que acredita qué se envió y cuándo lo recibió el destinatario. En el requerimiento, describa con precisión las conductas molestas (fechas, horas, efectos), cite la base contractual o normativa vulnerada y exija el cese inmediato, concediendo un plazo breve y razonable para corregir.

El tono debe ser firme, profesional y orientado a la solución. Evite amenazas, juicios de valor o imputaciones penales salvo que existan. Incluya, de forma clara, las consecuencias en caso de persistencia: resolución del contrato, reclamación de daños y costas, y comunicación a la comunidad. Adjunte copias de actas o avisos previos si ayudan a dimensionar la gravedad. También conviene habilitar un canal de respuesta (correo profesional) y abrir una ventana para la mediación.

Si el burofax no surte efecto, considere un segundo requerimiento final, más breve, recordando la inminencia de acciones legales. Este escalado evidencia buena fe y agotamiento de las vías amistosas. Por supuesto, conserve los justificantes expedidos por el operador de burofax; serán parte relevante del expediente probatorio. En paralelo, notifique al administrador de fincas que el requerimiento ha sido cursado, para coordinar una respuesta común frente a nuevas incidencias.

Estructura sugerida: hechos objetivos → fundamento contractual/normativo → exigencia de cese → plazo → advertencia de acciones → oferta de diálogo.

  • Use burofax con contenido certificado y acuse.
  • Describa hechos concretos; evite valoraciones subjetivas.
  • Ofrezca una opción de mediación antes de demandar.

Mediación y soluciones amistosas

La mediación es un recurso eficaz para reconducir conflictos cuando un inquilino incumple normas de convivencia sin llegar todavía a extremos irreversibles. Su objetivo no es identificar culpables, sino alinear expectativas y pactar conductas. Puede impulsarse de manera privada, a través del administrador de fincas o de servicios municipales especializados. Resulta especialmente útil en problemas de ruidos, uso de zonas comunes, visitas frecuentes o gestión de animales de compañía, donde hay soluciones prácticas que no requieren litigio.

Para que funcione, ambos deben acudir con voluntad de acuerdo. El propietario debería acudir con su expediente de hechos (sin usarlo como amenaza) y con propuestas realistas: límite de horarios, alfombras y topes antiimpacto, limpieza semanal de zonas afectadas, depósito adicional si hay riesgo de daños, o incluso una terminación pactada del contrato sin penalización. El inquilino, por su parte, puede aportar compromisos verificables y aceptar un sistema de seguimiento, por ejemplo, avisos escalonados y revisión a los 30 días.

Formalice los acuerdos por escrito, fechados y firmados, con medidas concretas y consecuencias en caso de incumplimiento. Defina un mecanismo de verificación (comunicación con el administrador, hoja de incidencias) y un plazo para evaluar resultados. Si el incumplimiento persiste, el acta de mediación demostrará que se agotaron vías amistosas, lo que refuerza una posterior acción judicial. En ocasiones, una extinción voluntaria del arrendamiento, con calendario de entrega de llaves y condonación parcial de rentas futuras, evita meses de conflicto y costes.

Regla de oro: soluciones claras, medibles y con seguimiento. Lo que no se mide, no se corrige.

  • Acuerdos escritos con plazos y métricas.
  • Compromisos graduales y verificables.
  • Opción de terminación pactada del contrato.

Denuncias administrativas y actuación ante autoridades

Cuando las molestias traspasan el umbral de lo tolerable o vulneran ordenanzas, acudir a las autoridades es una medida proporcionada. En materia de ruidos, por ejemplo, los servicios municipales pueden realizar mediciones y levantar actas sancionadoras. La Policía Local o Nacional puede intervenir ante altercados, amenazas o fiestas fuera de horario, dejando constancia mediante parte con número de atestado. Esta evidencia, además de disuadir, ofrece una base objetiva para posteriores acciones civiles o administrativas.

Antes de denunciar, es recomendable haber cursado un requerimiento al inquilino y avisar al administrador, salvo casos de urgencia. Al presentar la denuncia, aporte pruebas: vídeos, testimonios, horarios, repetición de incidencias. Si hay daños a elementos comunes, la comunidad también está legitimada para denunciar o sancionar según su reglamento interno. En supuestos de conductas potencialmente delictivas (coacciones, amenazas, daños intencionados), la vía penal puede activarse, siempre ponderando su utilidad y tiempos.

La coordinación propietario–comunidad–autoridades evita duplicidades y mejora la eficacia. Mantenga copias de todas las actuaciones y las comunicaciones resultantes. Recuerde que las sanciones administrativas no sustituyen la acción civil de resolución o desahucio, pero sí la refuerzan, al evidenciar un incumplimiento objetivo y persistente de las normas de convivencia. Paralelamente, valore medidas cautelares internas, como reforzar la información a conserjería o seguridad del edificio para canalizar incidencias sin confrontaciones directas.

Punto práctico: cada intervención oficial deja rastro documental. Úselo para construir una narrativa clara de reiteración y gravedad.

  • Partes policiales y actas municipales.
  • Denuncias por ruidos y salubridad con mediciones objetivas.
  • Coordinación con administrador y presidente de la comunidad.

Acciones civiles: resolución de contrato y desahucio

Si, pese a avisos y mediación, el inquilino incumple normas de convivencia de forma continuada, el propietario puede promover la resolución del contrato por incumplimiento grave y, en su caso, el desahucio por conducta. Para sostenerlo, será crucial el expediente: contrato, cláusulas de convivencia, burofax, actas de comunidad, partes policiales y testimonios. La demanda debe presentar una línea temporal clara, describir la entidad de las molestias y su persistencia, y pedir la recuperación de la posesión junto con rentas debidas y daños acreditados.

En el proceso civil, la proporcionalidad volverá a ser la vara de medir: cuanto más sólida, reciente y repetida sea la prueba, más opciones de éxito. Pueden solicitarse medidas como la terminación anticipada del contrato, condena a desalojar y al pago de daños y costas. Si el inquilino corrige la conducta antes del juicio, el juez valorará la situación, pero la existencia de antecedentes y advertencias play a favor del arrendador. En paralelo, considere acciones monitorias o de reclamación de cantidades si hay impagos, sin mezclar excesivamente los objetos del pleito.

Una estrategia eficaz combina firmeza y claridad: agotar vías amistosas, documentar, requerir, y accionar cuando la persistencia lo justifique. Valore el apoyo de un abogado especializado, que podrá ajustar la pretensión, preparar interrogatorios y organizar el material probatorio. Tenga presente que un acuerdo en autos que establezca cese inmediato y entrega de llaves en fecha próxima puede ser más rápido y efectivo que una sentencia futura, evitando meses de tensión en el edificio.

Estrategia: expediente sólido + requerimiento + demanda calibrada. La claridad procesal reduce tiempos y sorpresas.

  • Demanda con cronología y pruebas anejas.
  • Pretensión de resolución y lanzamiento si procede.
  • Acuerdos en sede judicial como alternativa ágil.

Conservación de la vivienda y reclamación de daños

La convivencia afectada suele ir acompañada de daños materiales, tanto dentro de la vivienda como en elementos comunes. Para proteger el patrimonio, conviene inspeccionar periódicamente el estado del inmueble conforme a lo pactado en el contrato (avisos previos, horarios, respeto a la intimidad). Si detecta desperfectos atribuibles al inquilino, documente con fotografías fechadas, presupuestos y facturas. La valoración económica debe ser realista y estar respaldada por profesionales (pintura, cerrajería, limpieza, reposición de mobiliario).

Al terminar el arrendamiento, el inventario inicial comparado con el estado final es la referencia para imputar costes. Si la convivencia se ve alterada por actos que causan daños en zonas comunes, la comunidad puede reclamar al propietario, y este, a su vez, repetir frente al arrendatario responsable. La coordinación con el administrador ayuda a evitar pagos duplicados o reclamaciones mal dirigidas. No confunda el “desgaste por uso normal” con daños: este último debe probarse para ser exigible.

Si existe fianza o garantía adicional, el propietario puede aplicarla a la reparación de daños justificados, comunicándolo al inquilino con detalle de partidas y documentación adjunta. Cuando la fianza no cubre, cabe la reclamación civil. Valore también si su póliza de hogar o un seguro de impago de alquiler contempla asistencia legal o cobertura de desperfectos dolosos; algunas incluyen defensa jurídica que alivia costes. En todo caso, la prioridad es recuperar la habitabilidad y prevenir nuevas incidencias para el resto de vecinos.

Tip práctico: inventario inicial detallado + fotografías periódicas = menos discusiones al final del arrendamiento.

  • Informe fotográfico y facturas de reparación.
  • Aplicación justificada de fianza/garantía.
  • Reclamación civil si la fianza resulta insuficiente.

Gestión con la comunidad de propietarios

La comunidad es un actor clave cuando el inquilino incumple normas de convivencia, ya que sufre directamente las molestias y dispone de mecanismos internos para encauzarlas. Mantener un canal abierto y respetuoso con el presidente y el administrador evita tensiones innecesarias y duplica la eficacia. Informe de las acciones realizadas (requerimientos, mediación) y pida que cualquier incidencia se documente mediante actas o informes. Si se prevé una junta, puede incluirse un punto específico para evaluar el problema y las medidas posibles dentro del reglamento interior.

Entre las medidas que la comunidad puede adoptar están los avisos formales al propietario, la imposición de sanciones si el reglamento lo contempla, o la puesta en conocimiento de autoridades cuando se vulneran ordenanzas. También puede organizar protocolos de convivencia (cartelería, recordatorios de horarios de silencio) que, aunque básicos, ayudan a reducir la conflictividad. Una comunidad alineada con el propietario transmite al inquilino una señal de seriedad y reduce los espacios de impunidad.

No obstante, hay que evitar que el conflicto derive en enfrentamientos personales o actos invasivos. El respeto a la intimidad y a los cauces formales es innegociable. Si la comunidad sufre daños, documentará gastos y, en su caso, dirigirá la reclamación al propietario, quien podrá repercutir al arrendatario. Cuando la situación amenaza la paz del edificio, la colaboración entre comunidad y propietario es determinante para que una acción judicial prospere con rapidez, aportando testimonios coincidentes y actas que acrediten la reiteración y el perjuicio colectivo.

Mentalidad de equipo: propietario, administrador y comunidad remando en la misma dirección aceleran la solución y blindan la prueba.

  • Actas de junta con incidencias detalladas.
  • Protocolos y recordatorios de convivencia comunes.
  • Coordinación de denuncias y custodia de pruebas.

Preguntas frecuentes

¿Qué se considera incumplimiento de normas de convivencia? Conductas reiteradas que generan molestias objetivas a vecinos o a la comunidad: ruidos fuera de horario, suciedad en zonas comunes, actos vandálicos, amenazas, actividades contrarias al destino de la vivienda o a las reglas del edificio. La clave es la reiteración y la gravedad documentadas, no incidentes esporádicos.

¿Es obligatorio enviar un burofax antes de demandar? No es un requisito legal en todos los casos, pero sí altamente recomendable. Acredita que el propietario informó, dio oportunidad de subsanar y actuó de buena fe. Un burofax sólido aumenta la probabilidad de acuerdo y refuerza la demanda si el problema persiste.

¿Puedo resolver el contrato de inmediato? Solo si la conducta es grave y persistente, y preferiblemente tras un requerimiento fehaciente. Los tribunales valoran la proporcionalidad y la prueba. En muchos casos, la mediación o una terminación pactada resultan más rápidas y menos costosas que litigar.

¿Qué papel tiene la comunidad de propietarios? Puede documentar incidencias, sancionar conforme a su reglamento, denunciar ante autoridades y apoyar al propietario con actas y testimonios. Su colaboración ordenada y objetiva es un plus probatorio.

¿Cómo reclamo los daños causados? Documente con fotografías, presupuestos y facturas. Al finalizar el contrato, compare con el inventario inicial. Aplique la fianza de forma justificada y, si no basta, plantee una reclamación civil. Revise si su seguro cubre defensa jurídica o desperfectos.

Recuerde: documentar, comunicar y, solo si persiste, accionar. Este orden protege su posición y reduce los tiempos de solución.

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