Qué hacer si el inquilino no paga comunidad ni alquiler
Qué hacer si el inquilino no paga comunidad ni alquiler: pasos legales, burofax, plazos y demandas para recuperar cuotas y gastos sin infringir la ley.
Índice
- Señales y riesgos del impago: comunidad y alquiler
- Revisión documental: contrato, recibos y estatutos
- Requerimiento fehaciente: burofax paso a paso
- Opciones extrajudiciales y plan de pagos
- Acciones judiciales por alquiler: desahucio por falta de pago
- Reclamación de cuotas de comunidad al inquilino y al propietario
- Ejecución y garantías: fianza, aval y fiador
- Cálculo de deuda, intereses y costas
- Errores frecuentes y cómo evitarlos
- Preguntas frecuentes
Señales y riesgos del impago: comunidad y alquiler
Cuando un inquilino no paga la comunidad ni el alquiler, el riesgo se multiplica: disminuye la liquidez del propietario, crece la deuda con la finca y se deteriora la convivencia vecinal. Las primeras señales suelen ser retrasos reiterados, pagos parciales, excusas recurrentes (“no me llegó el recibo”, “el banco rechazó la domiciliación”) o cambios repentinos en el canal de comunicación. Identificarlas a tiempo permite actuar con rapidez y documentar cada hito, lo que será clave si se inicia un procedimiento judicial.
A nivel práctico, conviene separar dos planos. Por un lado, la renta y cantidades asimiladas debidas al arrendador (alquiler, suministros a cargo del inquilino, IBI o comunidad si así se pactó). Por otro, las cuotas de comunidad, que en principio corresponden al propietario frente a la comunidad, salvo pacto interno con el arrendatario. Si el inquilino no paga, el propietario puede verse reclamado por la comunidad y, a la vez, tener que accionar contra el arrendatario para repercutirle lo debido.
El mayor riesgo de inacción es la acumulación de deuda y la pérdida de poder de negociación. Además, la morosidad sostenida suele acompañarse de otras incidencias: falta de mantenimiento, conflictos con vecinos, sobreocupación de la vivienda o actividades molestas. Por eso, la hoja de ruta debe ser escalonada pero ágil: revisión documental, requerimiento fehaciente, intento de acuerdo y, si no hay respuesta, vía judicial con cálculo preciso de la deuda. Todo ello cuidando el tono profesional, sin amenazas ni actuaciones de hecho que puedan volverse en contra del propietario.
Idea clave: actúa pronto, deja constancia por escrito y separa el frente “alquiler” del frente “comunidad”. Así reduces riesgos y aumentas opciones de cobro.
Revisión documental: contrato, recibos y estatutos
Antes de requerir al inquilino moroso, reúne y ordena la documentación. Empieza por el contrato de arrendamiento: verifica la renta pactada, la forma de pago, los plazos, si existen cantidades asimiladas (comunidad, IBI, suministros), y las cláusulas sobre intereses de demora, resolución anticipada, garantías (fianza, aval bancario, fiador solidario) y comunicaciones. Comprueba también anexos, inventario y posibles addendas que modifiquen obligaciones.
Reúne recibos y justificantes: transferencias, cargos bancarios, facturas de suministros, liquidaciones de la comunidad y cualquier comunicación previa al impago. Si la comunidad está a cargo del inquilino por pacto, necesitas los recibos de la administración y, en su caso, las liquidaciones trimestrales o anuales. Añade emails, WhatsApp y cartas que acrediten recordatorios o promesas de pago. La trazabilidad del impago incrementa la solidez de tu reclamación y evita alegaciones oportunistas.
Por último, localiza estatutos y normas internas de la comunidad y, si dispones de ellos, las actas donde consten cargos aprobados, derramas o acuerdos relevantes. Aunque la obligación frente a la comunidad sea del propietario, estos documentos te permitirán repercutir correctamente al arrendatario las cantidades pactadas, así como anticipar posibles embargos de la finca si la deuda comunitaria escala. Con todo este dossier preparado, estarás listo para el siguiente paso: el requerimiento fehaciente.
- Contrato + addendas.
- Recibos pagados e impagos.
- Liquidaciones de comunidad y derramas.
- Comunicación histórica (email/WhatsApp).
- Datos de garantías: fianza, aval, fiador.
Requerimiento fehaciente: burofax paso a paso
El burofax con certificación de contenido y acuse de recibo es la herramienta idónea para interrumpir la mora, fijar una fecha límite de pago y dejar constancia formal. Redáctalo con tono profesional, enumerando de forma clara: (i) contratos y cláusulas aplicables, (ii) detalle de deuda por alquiler (meses, rentas, cantidades asimiladas) y por comunidad si procede, (iii) advertencia de acciones legales (desahucio, reclamación de cantidad), (iv) oferta de vías de regularización (plan de pagos) dentro de un plazo breve, y (v) canal exclusivo para respuesta.
Acompaña el burofax de un cuadro de deuda claro y comprensible, con fechas, conceptos e importes. Evita planteamientos ambiguos: si repercutes comunidad por pacto contractual, indícalo expresamente y adjunta liquidaciones. Si reclamas suministros, añade facturas. Evita, asimismo, incluir amenazas, visitas sin cita o “cortes” unilaterales de suministros, que podrían acarrear responsabilidades. Recuerda conservar el justificante de envío y la certificación de contenido; son pruebas esenciales si el asunto llega a juicio.
En caso de ausencia de recepción, considera un segundo intento en el domicilio contractual y, si lo prevé el contrato, el email indicado a efectos de notificaciones. También puedes remitir carta certificada en paralelo. La finalidad es que el inquilino tenga una oportunidad real de ponerse al día y, si no lo hace, que quede claro que fue requerido y desatendió el requerimiento.
Consejo práctico: incorpora un IBAN y una referencia única de pago en el burofax para facilitar el abono y la conciliación de movimientos.
Opciones extrajudiciales y plan de pagos
No todo impago requiere saltar de inmediato al juzgado. Muchos casos se resuelven con un acuerdo de regularización que combine quitas razonables, calendarización y garantías reforzadas. Propuesta típica: abono inmediato de una o dos rentas, reconocimiento de deuda por escrito, plan de pagos mensual durante X meses y actualización automática de la deuda ante nuevos impagos. Para reforzar el compromiso, solicita un pagaré por el total o la firma del fiador si ya existe en el contrato.
El acuerdo debe evitar incentivar el impago futuro. Por ello, es útil incluir cláusula resolutoria expresa por incumplimiento del plan, con reversión inmediata a la vía judicial. Si el problema es la carga de comunidad, se puede pactar que el propietario la asuma temporalmente para evitar deuda con la finca mientras el inquilino atiende las rentas; luego, se repercute en el plan. La flexibilidad estratégica aumenta las probabilidades de cobro sin renunciar a tus derechos.
Si el inquilino demuestra vulnerabilidad económica documentada, valora una salida ordenada: entrega de llaves con condonación parcial condicionada al buen estado del inmueble y a la liquidación de suministros. Documenta el acuerdo en un acta de entrega con fotografías, lectura de contadores y renuncia expresa a acciones, salvo incumplimiento.
- Reconocimiento de deuda y plan firmado.
- Garantías: pagaré, refuerzo del fiador, prenda de fianza.
- Cláusula resolutoria por impago del plan.
- Acta de entrega si hay salida anticipada.
Acciones judiciales por alquiler: desahucio por falta de pago
Si no hay acuerdo, la vía principal es el desahucio por falta de pago con reclamación de rentas. Preparación: contrato, burofax, cuadro de deuda y justificantes. Se presenta demanda por el cauce procedente y se solicita lanzamiento, rentas vencidas y las que se devenguen hasta la recuperación de la posesión, además de costas. La enervación del desahucio —pago íntegro antes del juicio— puede impedir la resolución la primera vez, salvo que ya se hubiera enervado antes o que se hubiera requerido fehacientemente con al menos un mes de antelación, lo que refuerza la necesidad del burofax temprano.
Durante la tramitación, el juzgado señalará fecha de vista y, en su caso, de lanzamiento. Es frecuente que el simple señalamiento motive acuerdos de último minuto; por eso, conviene mantener una postura abierta a cobrar y recuperar la vivienda en buen estado, pero sin renunciar a las costas si el inquilino ha forzado el proceso. Recuerda, además, incorporar al cálculo las cantidades asimiladas pactadas (suministros, comunidad) con su prueba correspondiente.
Una gestión diligente incluye inspección del inmueble y acta de estado en la entrega, así como reclamación posterior de desperfectos si superan el desgaste por uso. Paralelamente, si hay terceros responsables (fiador, avalista), se les puede dirigir la reclamación en los términos del contrato. La coordinación con la comunidad es clave: si hay deuda comunitaria relevante, mantén contacto con la administración para evitar sorpresas registrales o afecciones que dificulten la venta o financiación de la propiedad.
Punto crítico: el requerimiento previo bien hecho limita la enervación y acelera la recuperación de la posesión.
Reclamación de cuotas de comunidad al inquilino y al propietario
Frente a la comunidad de propietarios, el obligado inmediato es el titular registral de la vivienda, es decir, el propietario. Si el contrato traslada el gasto de comunidad al inquilino, ese pacto solo surte efecto entre arrendador y arrendatario. Por ello, la comunidad puede reclamarte directamente, y tú, a su vez, repercutir al inquilino lo pagado (o lo vencido) según el contrato. En la práctica, conviene evitar que la deuda comunitaria crezca: atiende lo esencial para preservar la finca y no quedar en mora frente a la comunidad, mientras inicias la acción contra el inquilino moroso.
Si la deuda es elevada o hay derrama, prepara un expediente con liquidaciones aprobadas, actas y desglose por periodos. Esto permite reclamar con precisión y derriba defensas basadas en la falta de claridad. Si el inquilino cuestiona la obligación, la mejor respuesta es la prueba documental del pacto y de la imputación de gastos concretos. En muchos casos, combinar la reclamación de comunidad con la de rentas impagadas potencia la presión negociadora.
En supuestos de subarriendo o cesión inconsentida, sigue dirigiendo la reclamación al arrendatario contractual y, en su caso, acumula acciones por incumplimiento. Si existe fiador solidario, notifícale la deuda de comunidad repercutida y las rentas impagadas; su intervención temprana suele desbloquear soluciones. Mantén, además, comunicación fluida con el administrador de fincas para recibir certificaciones actualizadas, imprescindibles si más tarde vendes el inmueble o precisas una nota simple sin cargas comunitarias vencidas.
Ejecución y garantías: fianza, aval y fiador
La fianza sirve para cubrir rentas y daños al término del contrato, pero también puede imputarse a deudas durante la relación arrendaticia si así se pactó. Usarla tiene efecto caja a corto plazo, pero deja el contrato sin colchón; si decides aplicarla, comunícalo por escrito, exige su reposición en un plazo breve y deja constancia del nuevo saldo adeudado. El aval bancario ofrece mayor seguridad: revisa su texto, vigencia y condiciones de ejecución (a primer requerimiento o con acreditación) y actívalo conforme a las cláusulas para evitar caducidades.
El fiador solidario es frecuentísimo. Notifícale el impago de forma fehaciente y ofrécele opciones de regularización; su responsabilidad equiparable a la del inquilino puede conducir a acuerdos rápidos. Si el contrato prevé domicilios a efectos de notificación para fiador y arrendatario, úsalos siempre: ahorran incidencias de comunicación. Cuando la deuda esté titulada (reconocimiento, pagaré, sentencia), la ejecución permite embargar cuentas, nóminas y bienes con mayor eficacia, por lo que vale la pena asegurar un título sólido.
Una estrategia ordenada combina: (i) requerimiento y acuerdo, (ii) demanda rápida si no hay respuesta, (iii) activación de garantías en paralelo, y (iv) cierre con liquidación de desperfectos tras la recuperación de llaves. Documentar cada paso simplifica la ejecución y reduce posibilidades de oposición.
- Aplica fianza y exige reposición por escrito.
- Revisa texto y vigencia del aval.
- Notifica al fiador solidario de inmediato.
- Busca un título ejecutivo claro para el cobro.
Cálculo de deuda, intereses y costas
El cálculo debe ser transparente y replicable. Construye una tabla por meses con columnas de renta, cantidades asimiladas (comunidad, suministros), pagos y saldo. Indica la fecha de devengo y el tipo de interés aplicable desde el vencimiento, ya sea el contractual o el legal que corresponda. Si hay fianza aplicada, descuéntala y deja claro el saldo resultante, exigiendo su reposición si el contrato sigue vigente. Adjunta liquidaciones de comunidad y facturas de suministros para cada periodo con impago.
Respecto a las costas, si el inquilino fuerza un proceso que termina con condena, lo habitual es que se impongan a su cargo. Incluye honorarios, tasas si proceden y gastos de burofax o certificaciones. Aunque estos importes no se abonan hasta que haya resolución, conviene anticiparlos en la negociación para que el deudor comprenda el coste de escalar el conflicto. Mantén la cifra viva: recalcula antes de cada hito (burofax, demanda, vista) para negociar con datos actualizados.
Un anexo con capturas bancarias de ingresos y devoluciones, junto con un resumen ejecutivo de una página, eleva la claridad y evita discusiones estériles. Recuerda: la precisión en el número final es una palanca poderosa tanto dentro como fuera del juzgado.
Errores frecuentes y cómo evitarlos
El error más común es la tolerancia indefinida a retrasos, que normaliza el impago y erosiona tu posición. Evítalo con un calendario de acciones predefinido: recordatorio cordial a los 3–5 días, burofax a los 15–20 días y, si no hay respuesta, preparación de demanda al mes. Otro error es mezclar comunidad y alquiler sin claridad documental; recuerda que tu obligación frente a la comunidad es directa y que la repercusión al inquilino depende del contrato y de la prueba de los importes.
También es habitual incurrir en actuaciones de hecho (cambios de cerradura, cortes de suministros, visitas intimidatorias). Además de ilegales, suelen perjudicar gravemente el éxito del caso. Evítalas y confía en requerimientos formales y en la vía judicial. Otro fallo recurrente es no activar a tiempo las garantías (aval caducado, fiador no notificado). Revisa su estado desde el primer impago y lánzalas en paralelo a la reclamación principal.
Finalmente, muchos propietarios negocian sin un cuadro de deuda actualizado, lo que dificulta cerrar acuerdos y permite excusas. La solución es técnica: una hoja de cálculo detallada, firmada por el deudor en el reconocimiento. Con orden, constancia y asesoramiento, la mayoría de morosidades se encarrilan en semanas.
- Marca plazos y cúmplelos.
- Nada de “autotutela” ni coacciones.
- Activa garantías en tiempo y forma.
- Negocia con un cuadro de deuda claro.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar al inquilino las cuotas de comunidad? Sí, si el contrato lo prevé de forma expresa y puedes acreditar los importes con liquidaciones o recibos. Frente a la comunidad responde el propietario, pero puede repercutir al arrendatario lo pactado.
¿Es obligatorio enviar burofax antes de demandar? No siempre, pero es muy recomendable: fija mora, clarifica la deuda y puede limitar la enervación del desahucio, acelerando la recuperación de la vivienda y el cobro.
¿Qué pasa si aplico la fianza a la deuda? Obtienes liquidez inmediata, pero debes exigir su reposición por escrito. Si no se repone, añade ese importe al saldo y valora iniciar acciones legales sin más demoras.
¿Puedo cortar suministros para forzar el pago? No. Cortar luz, agua o gas de forma unilateral puede generarte responsabilidades administrativas y penales. La vía correcta es el requerimiento y, en su caso, la demanda.
¿Se puede pactar una salida con condonación parcial? Sí, mediante acuerdo escrito de entrega de llaves con reconocimiento de deuda, liquidación de suministros y renuncias recíprocas condicionadas. Es una solución útil cuando la situación económica del inquilino es delicada.
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