
Cómo reclamar a un inquilino por impago parcial
Publicado el 13 de septiembre de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 9 min
Índice
- Qué es el impago parcial y cómo identificarlo
- Marco legal y opciones para reclamar
- Requerimiento previo: burofax y plazos
- Negociación y plan de pagos con el inquilino
- Intereses, actualizaciones y penalizaciones
- Reclamación de cantidad vs. desahucio por impago
- Pruebas y documentación imprescindibles
- Modelo de comunicaciones y tono adecuado
- Errores comunes y cómo evitarlos
- Preguntas frecuentes
Qué es el impago parcial y cómo identificarlo
El impago parcial se produce cuando el inquilino abona solo una parte de la renta pactada o deja sin pagar conceptos accesorios (por ejemplo, suministros, IBI repercutido o actualizaciones de IPC) manteniendo el resto al día. Aunque a primera vista pueda parecer menos grave que el impago total, tiene consecuencias jurídicas y económicas relevantes: erosiona la rentabilidad de la vivienda, genera mora arrendaticia y, si es reiterado, puede justificar acciones resolutorias y reclamaciones de cantidad. Identificarlo con precisión exige comparar el importe efectivamente ingresado con el debido según contrato, anexos y actualizaciones vigentes.
Para detectar el impago parcial de forma objetiva conviene llevar un cuadro de control mensual que refleje: renta base, actualización aplicada, importes repercutidos, pagos recibidos (fecha, canal y concepto) y saldo pendiente. Este registro, acompañado de extractos bancarios y recibos, permite demostrar el desajuste y acreditar su continuidad. Si el contrato prevé que determinados gastos sean a cargo del arrendatario, debe especificarse su cálculo, vencimiento y forma de liquidación; de lo contrario, surgirán disputas sobre si el “impago” existe realmente o es una discrepancia de cuantía.
Checklist rápido:
- Comparar renta debida vs. renta pagada cada mes.
- Verificar actualizaciones (IPC u otro índice) y su comunicación.
- Revisar conceptos repercutidos (IBI, comunidad, suministros) y su soporte documental.
- Registrar pagos por fecha y concepto para medir la mora real.
Si el inquilino alega “dificultades puntuales” o niega la deuda, conviene responder con datos: números claros, anexos contractuales y justificantes. El objetivo es transformar un conflicto emocional en uno técnico y verificable, lo que facilitará un acuerdo o, en su defecto, sostener una reclamación sólida por impago parcial.
Marco legal y opciones para reclamar
La reclamación por impago parcial se apoya en el contrato de arrendamiento y en la normativa arrendaticia y civil aplicable. Con carácter general, la renta es una obligación principal del arrendatario; el incumplimiento, aunque sea parcial, lo coloca en mora y habilita al arrendador a exigir el saldo, intereses y, si concurre gravedad o reiteración, la resolución del contrato por falta de pago. La vía para reclamar puede ser extrajudicial (requerimiento fehaciente y negociación) o judicial (proceso de reclamación de cantidad y, en su caso, desahucio). Elegir correctamente depende del historial de pagos, cuantía debida y expectativas de continuidad del arrendamiento.
En la práctica, se suele seguir una escalada: (1) requerimiento previo por burofax con detalle de deuda y plazo de subsanación, (2) propuesta de plan de pagos cuando hay voluntad real de cumplimiento, y (3) acciones judiciales si persiste el impago parcial. No hay una receta única: algunos casos recomiendan ir directamente a la demanda, por ejemplo si existen antecedentes de impagos encadenados, negativas a regularizar o indicios de insolvencia. También es posible acumular la reclamación de cantidad con la acción resolutoria, o bien separarlas para preservar la relación contractual si el inquilino regulariza.
- Reclamación de cantidad: útil para saldos concretos y puntuales.
- Desahucio por impago: procede si el incumplimiento compromete la esencia del contrato.
- Medidas cautelares: pueden solicitarse en supuestos de riesgo de vaciamiento patrimonial.
- Acuerdo extrajudicial: evita costes y plazos; debe formalizarse por escrito.
La clave está en documentar todo el itinerario: comunicaciones, cálculos, respuesta del inquilino y cualquier abono parcial. Esa traza reduce la incertidumbre y aumenta las opciones de éxito, ya sea en mesa de negociación o ante el juzgado.
Requerimiento previo: burofax y plazos
El burofax con certificación de texto y acuse de recibo es la herramienta estándar para exigir el saldo pendiente por impago parcial, interrumpir plazos y dejar constancia fehaciente. Debe incluir: identificación de partes y finca, referencia al contrato, desglose detallado de la deuda (mes, concepto, importe), forma de pago, plazo de regularización y advertencia de que, de no hacerlo, se iniciarán acciones legales. Un tono firme pero profesional aumenta la probabilidad de una respuesta positiva y evita reproches de mala fe.
El plazo de regularización suele fijarse entre 5 y 15 días hábiles, suficiente para que el inquilino organice el abono o proponga un plan realista. Es recomendable ofrecer un método de pago verificable (transferencia a IBAN titularidad del arrendador) y solicitar que el concepto del ingreso identifique la mensualidad y el inmueble. Si hay discrepancias sobre la actualización o conceptos repercutidos, adjunte la base de cálculo: índice aplicado, cláusula contractual, cuotas de comunidad o recibos de suministros.
Plantilla mínima de burofax (estructura):
- Encabezado con datos de las partes y referencia del contrato.
- Descripción del impago parcial: periodos, conceptos e importes.
- Plazo y forma de pago; cuenta bancaria y referencia del ingreso.
- Advertencia de acciones (reclamación de cantidad y/o desahucio) si no regulariza.
- Oferta de diálogo razonable para un plan de pagos verificable.
Conserve justificantes de envío y entrega del burofax, junto con la versión final del texto remitido. Esta prueba será especialmente útil si más adelante necesita acreditar que ofreció una vía de solución antes de acudir a los tribunales.
Negociación y plan de pagos con el inquilino
La negociación es una vía eficaz para resolver impagos parciales manteniendo la continuidad del arrendamiento. El objetivo es transformar una deuda acumulada en un calendario realista, con garantías de cumplimiento y control periódico. Para evaluar la viabilidad, analice la capacidad de pago del inquilino, su historial y el importe total adeudado. Si existen indicios de insolvencia o mala fe (por ejemplo, pagos erráticos sin justificación), una negociación extensa puede resultar contraproducente; en ese caso, conviene activar con rapidez la vía judicial.
Un plan de pagos sólido debe contener: deuda total reconocida, calendario mensual con importes y vencimientos, forma de pago, consecuencias del incumplimiento y, si es posible, un refuerzo de garantías (aval ampliado o fianza complementaria). También puede incluir la condonación condicionada de intereses si se cumple el plan sin retrasos, lo que incentiva el pago. Todo acuerdo debe formalizarse por escrito, firmado por las partes y, preferiblemente, con reconocimiento de deuda expreso.
- Pagos puente: pequeñas cuotas semanales para reconducir la mora inicial.
- Rebaja temporal de renta: solo si existe expectativa de recuperación; fijar “cláusula de rebote” a la renta original.
- Entrega voluntaria de llaves: alternativa si el inquilino no puede sostener el contrato; liquidar cuentas y minimizar daños.
Documente cada hito del plan: recibos, transferencias, comunicaciones y revisiones. Si se incumple, retomará su posición probatoria desde un terreno favorable, demostrando que ofreció soluciones razonables antes de demandar.
Intereses, actualizaciones y penalizaciones
El impago parcial genera intereses de demora desde el vencimiento de cada obligación. La cuantía puede venir fijada en el contrato (interés moratorio) o, en su defecto, aplicarse el interés legal del dinero incrementado según la normativa aplicable. Además, si el contrato prevé penalizaciones por retraso o gastos de gestión de cobro, deberán ser proporcionadas y estar claramente especificadas, evitando cláusulas abusivas. Es importante diferenciar entre actualización de renta (por un índice como IPC) y mora: la primera redefine el importe debido; la segunda compensa el retraso en el pago.
Para calcular intereses y actualizaciones, construya una tabla con columnas de: mes, renta base, índice aplicado, fecha de exigibilidad, pago recibido, días de retraso e interés generado. Añada los importes repercutidos (comunidad, IBI, suministros) si el contrato lo permite y existe soporte documental. Comunicar periódicamente estos cálculos al inquilino ayuda a transparentar la deuda e incentiva la regularización, pues cada día de mora incrementa el coste total.
Buenas prácticas:
- Notificar por escrito las actualizaciones con antelación razonable.
- Aplicar intereses de forma homogénea y verificable, adjuntando fórmula y datos de entrada.
- Evitar penalizaciones ambiguas o desproporcionadas que puedan ser impugnadas.
- Registrar todo en un ledger de deuda que pueda aportarse como prueba.
Una política clara y consistente reduce controversias sobre importes y legitima su reclamación por impago parcial ante cualquier instancia.
Reclamación de cantidad vs. desahucio por impago
Cuando el impago es parcial, el arrendador suele dudar entre reclamar solo el saldo o solicitar también la resolución del contrato (desahucio). La decisión depende de la gravedad, reiteración, cuantía y expectativas de futuro. Si el inquilino ha pagado mayormente al día y muestra voluntad real de regularizar, una reclamación de cantidad puede ser suficiente. Si, por el contrario, la conducta es persistente, con recortes mensuales que impiden la normal explotación del inmueble, el desahucio por impago puede ser la vía adecuada, eventualmente acumulando rentas vencidas y las que se devenguen durante el proceso.
Acumular acciones tiene ventajas probatorias y de eficiencia, pero exige valorar riesgos: tiempos procesales, posibilidades de enervación según el caso y la capacidad de cobro real. En ocasiones, iniciar con reclamación de cantidad y mantener abierta la opción resolutoria permite ganar margen de maniobra, sobre todo si la deuda no es elevada pero se extiende en el tiempo. Sea cual sea la estrategia, es crucial presentar un relato coherente de los hechos: fechas, importes, requerimientos cursados y respuestas del inquilino.
- Solo cantidad: útil para deudas acotadas y relaciones recuperables.
- Cantidad + desahucio: para impagos parciales crónicos o de alta cuantía.
- Entrega pactada de llaves: cierra el contrato minimizando costes, con liquidación de saldos.
La proporcionalidad y la trazabilidad de su actuación serán determinantes para el resultado.
Pruebas y documentación imprescindibles
Una reclamación por impago parcial sólida se apoya en documentación ordenada y verificable. El pilar es el contrato de arrendamiento y sus anexos (renovaciones, actualizaciones de renta, pactos de gastos repercutidos). Sobre esa base, necesitará pruebas económicas: extractos bancarios con los ingresos parciales, recibos devueltos, justificantes de suministros y liquidaciones de comunidad si proceden. Mantenga un cuadro de saldos donde se vea, mes a mes, el importe debido vs. pagado y el remanente pendiente.
Las comunicaciones juegan un papel clave. Conserve correos, mensajes y, muy especialmente, los burofaxes enviados y recibidos. Si ha ofrecido un plan de pagos, incorpore el documento firmado y el histórico de abonos. La coherencia interna de toda la prueba —fechas que encajan, cantidades que suman, cálculos explicados— transmite credibilidad inmediata. Si el inquilino alega compensaciones (por reparaciones, por ejemplo), requerirá facturas y partes de incidencia que acrediten el gasto y su relación con la vivienda, evitando compensaciones unilaterales sin base contractual.
Pack probatorio mínimo:
- Contrato y anexos, con cláusulas de renta y actualizaciones.
- Cuadro de deuda con cálculos explicados y comprobables.
- Extractos bancarios y justificantes de pago/impago.
- Burofaxes y correos documentando requerimientos y respuestas.
Una carpeta probatoria bien preparada acelera acuerdos y mejora sustancialmente su posición en juicio.
Modelo de comunicaciones y tono adecuado
La forma en que se comunica una reclamación por impago parcial influye tanto como el fondo. El tono debe ser profesional, respetuoso y centrado en datos. Evite juicios de valor y amenazas vacías: desglose la deuda, ofrezca vías de regularización y fije un plazo claro. Si el inquilino responde con propuestas, conteste por escrito valorando su viabilidad y pidiendo garantías cuando sea necesario. Toda comunicación relevante debe canalizarse por medios que permitan acreditar su envío y contenido (burofax, correo con acuse, plataformas certificadas).
Cuando prepare un correo o carta, utilice estructuras que faciliten la lectura: encabezado con referencia del contrato y el inmueble, tabla/relación de importes, base de cálculo, plazo y consecuencias. Si ofrece un plan de pagos, incluya el reconocimiento expreso de deuda, los vencimientos y la consecuencia automática en caso de incumplimiento (p. ej., vencimiento anticipado del saldo). Esto reduce discusiones y mejora la ejecutabilidad del acuerdo.
- Claridad: cifras redondeadas, conceptos bien titulados, fechas precisas.
- Empatía: firmeza sin agresividad; facilita la colaboración.
- Rastreo: numere anexos y adjuntos; titule los documentos de forma consistente.
En resumen: profesionalice la comunicación. Le ahorrará tiempo, discusiones y costes innecesarios.
Errores comunes y cómo evitarlos
En la gestión de un impago parcial abundan errores evitables. Uno frecuente es reclamar “a bulto” sin un cálculo exacto de la deuda, lo que resta credibilidad y abre flancos de defensa. Otro es retrasar indefinidamente el requerimiento formal: cuanto más tiempo pase, más se normaliza el pago incompleto y más difícil será reconducir la situación. También es habitual mezclar conceptos (renta, suministros, desperfectos) sin soporte documental, o aplicar penalizaciones dudosas que pueden revertirse en contra del arrendador.
Evitar estos fallos exige disciplina documental, cronograma claro y coherencia estratégica. Si su objetivo es mantener al inquilino, priorice el acuerdo con garantías; si busca recuperar el inmueble, active pronto la vía resolutoria. En ambos casos, deje constancia de cada paso con comunicaciones fehacientes y cuadros de deuda precisos. Finalmente, valore costes y tiempos: a veces una entrega pactada de llaves y liquidación ordenada minimiza pérdidas frente a un litigio largo con bajo índice de cobro.
Evite:
- Reclamar sin desglose y sin anexos justificativos.
- Permitir meses de pagos parciales sin reacción formal.
- Prometer quitas sin condición de cumplimiento estricto.
- Descuidar el registro de evidencias y plazos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo resolver el contrato por impago parcial? Depende de la gravedad y reiteración. Si el impago parcial afecta de forma sustancial a la obligación de pago y se acredita su continuidad tras requerimiento, puede sostenerse la resolución. Valore también la opción de reclamar solo la cantidad si la relación es recuperable.
¿Es obligatorio enviar burofax antes de demandar? No es estrictamente obligatorio en todos los casos, pero es altamente recomendable: deja constancia fehaciente, favorece acuerdos y refuerza la posición procesal, especialmente cuando se discute la cuantía exacta de la deuda.
¿Cómo calculo intereses por mora? Desde el vencimiento de cada mensualidad o concepto impagado hasta su pago. Use interés moratorio pactado; si no existe, el legal aplicable. Acompañe el cálculo con una tabla clara y justificantes de fechas.
¿Qué hago si el inquilino paga “a cuenta” sin indicar concepto? Acuse recibo por escrito imputando el abono al periodo más antiguo pendiente, salvo pacto distinto, y actualice el cuadro de deuda comunicándolo al inquilino de forma inmediata.
¿Conviene aceptar un plan de pagos? Sí, si es realista y está garantizado. Formalícelo por escrito con reconocimiento de deuda, calendario, consecuencias por incumplimiento y, si es posible, garantías adicionales.